Se considera que la prevención y el combate al lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva constituyen una prioridad para el ESTADO NACIONAL y que la REPÚBLICA ARGENTINA ha ratificado las convenciones internacionales referidas a estas materias, a saber: Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas (Ley N° 24.072); Convención Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Ley N° 25.632); Convención Interamericana contra el Terrorismo (Ley N° 26.023); Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo (Ley N° 26.024) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Ley N° 26.097).
La REPÚBLICA ARGENTINA es miembro pleno del GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI) y del GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DE LATINOAMÉRICA (GAFILAT) .
El GAFI ha emitido recomendaciones, las cuales priorizan la necesidad de que las jurisdicciones, a través de las denominadas Evaluaciones Nacionales de Riesgos, identifiquen, evalúen y entiendan sus propios riesgos en la materia, a fin de asegurar que éstos se mitiguen efectivamente.
Específicamente, la Recomendación N°1 establece que “Los países deben identificar, evaluar y entender sus riesgos de lavado de activos/financiamiento del terrorismo, y deben tomar medidas, incluyendo la designación de una autoridad o mecanismo para coordinar acciones para evaluar los riesgos, y aplicar recursos encaminados a asegurar que se mitiguen eficazmente los riesgos”.
El Comité creado funcionará en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y será presidido por su titular o por el funcionario que éste designe, quien deberá tener rango y jerarquía de Secretario.
Los funcionarios que lo integran desempeñarán las tareas correspondientes con carácter “ad honorem”.
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Todo el país
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Se creó el COMITÉ DE COORDINACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS, LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA Decreto 331/2019
Fuente:BO del 6-5-2019
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