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Se fijaron cuadros tarifarios para transporte. TARIFA CON ATRIBUTO SOCIAL-TARIFA CON SUBE
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Fuente: BO del 7-4-2016
Por RESOLUCIONES 46,47, 48 Y 49 del Ministerio de Transporte se fijaron cuadros tarifarios y se estableciò que los usuarios del sistema de transporte público por automotor y ferroviario que posean tarjetas del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) y que pertenezcan a los grupos de afinidad o atributos sociales que seguidamente se mencionan, abonarán los montos establecidos para las TARIFAS CON ATRIBUTO SOCIAL y continuarán abonando los montos establecidos para las TARIFAS CON SUBE a saber:
a) Jubilados y/o pensionados.
b) Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo.
c) Beneficiarios de la Asignación por Embarazo.
d) Beneficiarios del Programa Jefes de Hogar.
e) Personal del Trabajo Doméstico.
f) Veteranos de la Guerra de Malvinas.
g) Beneficiarios del “Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos” (PROGRESAR).
h) Beneficiarios del “Programa Ingreso Social con Trabajo”
i) Beneficiarios de Pensiones No Contributivas.
j) Monotributistas Sociales inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (REDLES).
k) Otros beneficiarios que se establezcan en el futuro.
Para gozar de tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán poseer la Tarjeta SUBE debidamente personalizada con el atributo social y/o el grupo de afinidad que le corresponda.
Los Boletos Escolar y Estudiantil no sufrirán cambios en su valor por aplicación de la presente resolución.
Respecto de aquellos servicios en los cuales se encuentre vigente una gratuidad o franquicia mayor a la prevista por el presente artículo, se aplicará dicha gratuidad o franquicia
® Liga del Consorcista
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