Se dispone que los hijos del personal militar, tripulantes del Submarino A.R.A.
“SAN JUAN” que se encontraban a bordo del mismo el 15 de noviembre de 2017, serán acreedores a una beca educativa, no remunerativa e intransferible.
Se deja establecido que las becas referidas estarán destinados a solventar los gastos que demande la educación en los niveles pre-escolar, primario, secundario y superior –universitario o no universitario-, que se imparten en establecimientos de enseñanza nacionales, provinciales o municipales y por vía de excepción, cuando circunstancias especiales así lo requieran, podrán destinarse a institutos privados con reconocimiento oficial.
Las mismas serán otorgadas a los hijos de los tripulantes del Submarino A.R.A.
“SAN JUAN”, que concurran a los establecimientos educativos entre los TRES (3) y hasta los VEINTICINCO (25) años de edad inclusive, y tendrán una vigencia anual prorrogables año a año en cuanto se acredite la continuidad de los estudios en los establecimientos del sistema oficial de educación.Los montos anuales a pagar, se efectuarán en un máximo de DIEZ (10) cuotas mensuales.
Por ANEXO se determinan ESCALA DE PORCENTAJES DEL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL, DE BECAS, a saber:
NIVEL ESCOLAR- PORCENTAJE
PRE-ESCOLAR 35 %
PRIMARIO 40 %
SECUNDARIO 50 %
SUPERIOR NO UNIVERSITARIO 55 %
SUPERIOR UNIVERSITARIO 60 %
Contenido para:
Todo el país
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SUBMARINO A.R.A. “SAN JUAN” Decreto 307/2018 Establécense becas educativas.
Fuente: BO del 17-4-2018
Tags: De Interés General para la Familia Urbana, educación,
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