Por Decreto Nº 204/2003 se crearon en jurisdicción de dos ministerios las llamadas “Unidades de Emergencias Legales”, las que intervendrán a solicitud del deudor o del acreedor en los casos de ejecuciones.
El procedimiento conciliatorio será voluntario, gratuito y confidencial.
No obstante, no interrumpe los plazos procesales en la instancia judicial o extrajudicial de ejecución.
Pueden solicitar la conciliación las MIPyMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresa) por ante el MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
También pueden solicitala , por ante el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las personas físicas que deban hasta $50.000 ó u$s50.000 y ya hubiesen pagado el 20% del contrato de mutuo(préstamo).
Los dos ministerios en cuestión pautaron la operatoria por varias resoluciones.
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Unidades de Emergencias Legales
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Ya salió la tercera edición ampliada y actualizada del manual de la Liga del Consorcista Todo Sobre Consorcios
Se incorporaron las modificaciones del nuevo Código Civil, tomando en consideración las diferencias con la derogada ley 13.512 y las novedades introducidas por el nuevo régimen.
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Listado de la normativa básica en Propiedad Horizontal actualizada, para su rápida consulta
- Cuandro Comparativo entre la ley de Propiedad Horizontal 13512 y el Nuevo Código Civil
- Nuevo Código Civil y Comercial (parte pertinente)
- Nuevo Código Civil y Comercial (texto completo)
- Convenio Colectivo de Encargados
- Escalas Salariales de Encargados: 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2015 | 2016 | 2017 | 2017 (II) | Abril 2018 | mayo 2019 | Julio 2019 | Noviembre 2019 | Marzo 2020 | Julio 2020 | Noviembre 2020
- Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
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- Convenio Colectivo del Personal de Seguridad y Escalas 2009
- Convenio Colectivo del Personal de Maestranza