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Acerca de propietarios y administradores en propiedad horizontal

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Hemos dicho que la propiedad horizontal, como derecho de dominio y condominio nace en nuestro país en 1948 con la ley 13512. Fue un importantísimo instrumento de desarrollo económico y de acceso a la propiedad privada de la entonces incipiente clase media.

Hace casi 75 años.

El mundo cambió y también nuestra amada República Argentina, en este siglo XXI.

Hoy se derogó la ley 13512 y tenemos un Código Civil y Comercial unificado -desde agosto 2015– que consagra a la propiedad horizontal como un derecho real autónomo, diferente del dominio y condominio.

Aparece la persona jurídica consorcio, conformada por los propietarios de las unidades. También se legisla sobre conjuntos inmobiliarios, como derecho real de propiedad horizontal especial.

La construcción en altura se ha difundido en todas nuestras ciudades, y los edificios, los complejos y los conjuntos atraen al quehacer inmobiliario.

No obstante, debemos distinguir el tema netamente inmobiliario (compraventa de unidades, cotización del m2 según la zona) del tema consorcial (valor de la expensa, la cual equivale a gasto, que no tiene que ver con la cotización inmobiliaria zonal).

De tal suerte, cuando un propietario se queja de muy alta expensa, hay administradores que plantean que ese consorcio está en zona muy cara, algo absurdo para justificar los gastos consorciales.


Hay tipología variopinta de propietarios y de administradores. Como en todo.

Propietarios que leen el reglamento de propiedad horizontal para saber y exigir que se cumplan sus derechos, que revisan los gastos mensuales, que solicitan explicaciones para lo que no entienden, que tienen normas de urbanidad, que respetan los horarios de descanso, que concurren a las asambleas siempre, salvo que atendibles motivos se lo impidan, que en definitiva son respetuosos y confiables vecinos para el resto y para el personal que trabaja en el consorcio.

También están los otros: los que molestan en grado superlativo y carecen de conductas positivas y ejemplificadoras.

 

Administradores probos, que cumplen con honestidad y transparencia su gestión al frente del consorcio, que rinden cuenta en tiempo y forma, que respetan a todos los ocupantes, que convocan a asamblea cumpliendo las exigencias estatutarias, que impiden asumir conductas que violen el mandato que los propietarios le han otorgado, que en definitiva honran la actividad de administrar patrimonio ajeno.

También están los otros: los que carecen de todo principio ético y violan con desparpajo el mandato y las obligaciones que les impone al art.2067 del Código Civil y Comercial y las leyes locales que existen en todo el país.

 

Buenos propietarios conducen a buenos administradores. Para ello es necesario que los propietarios conozcan sus derechos y sus obligaciones. Exijan los primeros y cumplan ineludiblemente las segundas.

Sólo así podrán sanear cualquier situación económico- financiera consorcial difícil y eventualmente prescindir de mandatarios desleales que deshonran el mandato recibido.

 

® Liga del Consorcista

Tags: administrador, propiedad horizontal, transparencia,

Comentarios

publicado el 24-5-2023

Los administradores, como indica la ley, deben adjuntar en la liquidación de expensas el resumen de movimientos bancarios de la/s cuenta/s perteneciente/s al consorcio. Esta herramienta es fundamental para controlar los gastos.

publicado el 24-5-2023

Los administradores, como indica la ley, deben adjuntar en la liquidación de expensas el resumen de movimientos bancarios de la/s cuenta/s perteneciente/s al consorcio. Esta herramienta es fundamental para controlar los gastos.

publicado el 23-5-2023

En el caso de mi edificio, no se sabe en que se gasta la plata. Para que controlemos mejor los propietarios los gastos, los administradores deben adjuntar a la liquidación de expensas el resumen de cuenta bancario.

publicado el 14-3-2023

en el edificio donde vivo (zona colegiales), son 34 UF de las cuales 29 se alquilan, por ende 29 propietarios no participan, salvo que surga algun gasto extraordinario, que los saca de su lugar de confort para exigir explicaciones. Es complicada la situacion que se nos presenta y obviamente lo mismo sucede con las reuniones de Asamblea, auqnue sean virtuales

publicado el 10-3-2023

Buenas tardes en nuestro consorcio debemos modernizar los ascensores dado qué ya tienen 30 años y cuándo hace calor sufren desperfectos . Sé presnto él add qué hace tres meses fue electo entre gallos y media noche con un solo presupuesto y es dé l empresa qué ahora mal hace él mantenimiento .los vecinos qué pertenecen al consejo elegidos á empujones sé ofendieron porqué sé despidió qué deberian ser tres los presupuestos y sin decir lo qué había qué hacer sino pidiendo opinión .

publicado el 10-3-2023

Muy buen artículo. Pero es cierto que los propietarios estamos desprotegidos. Es una relación desigual.

publicado el 10-3-2023

CTO sale el mt2 x zona/barrio x favor, gracias

publicado el 10-3-2023

Deberia haber un organismo que atienda en forma gratuita para asesoras a los propietarios que siempre somos minoria y queremos saber como lograr se hagan los arreglos necesarios para el mantenimiento y conservacion del edificio que nos obliga a vivir en lamentable condiciones y perdida del valor y categoria del edificio.

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