LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. Créase el servicio de Trámite Urgente Exprés para la expedición de informes N.º 1 de dominio y gravámenes, Informe N°2 de inhibiciones y anotaciones personales y para las certificaciones del Art. 23 de la ley 17801,* tanto sobre los bienes como las personas. Rogada dicha modalidad, la publicidad registral será expedida con plazo máximo al día hábil siguiente de la fecha de su presentación; ello, condicionado a la disponibilidad de la respectiva inscripción dominial o el soporte registral que corresponda, conforme al principio de prioridad registral y bajo responsabilidad del solicitante.
ARTÍCULO 2°: Habilitar el ingreso del trámite Urgente Exprés establecido en el Artículo 1° durante los días hábiles administrativos en el horario comprendido entre las 8:00 y las 9:00 horas.
ARTÍCULO 3°. La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en la Dirección Nacional de Registro Oficial.
ARTÍCULO 4°. Notifíquese a las Direcciones de Registraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, de Registraciones Reales y Publicidad, de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna y de Interpretación Normativa y Procedimiento Recursivo y, por su intermedio, a sus respectivos Departamentos y Divisiones.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y Archívese. Soledad Mariella Barboza
*Ley 17801 (BO 28-6-1968) Registro de la propiedad inmueble-Artículo 23. - Ningún escribano o funcionario público podrá autorizar documentos de transmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles, sin tener a la vista el título inscripto en el Registro, así como certificación expedida a tal efecto por dicha oficina en la que se consigne el estado jurídico de los bienes y de las personas según las constancias registradas. Los documentos que se otorguen deberán consignar el número, fecha y constancias que resulten de la certificación.
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. El trámite urgente exprés por las certificaciones de dominio y Anotaciones Personales y los informes de dominio e inhibiciones abonará un importe adicional equivalente a la cantidad de ochenta (80) módulos base ley 17050** por cada acto, inmueble o unidad funcional, según corresponda al tipo de publicidad de conformidad con la Disposición Administrativa 3 /2022.***
ARTÍCULO 2°. La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en la Dirección Nacional de Registro Oficial.
ARTÍCULO 3°. Notifíquese a las Direcciones de Registraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, de Registraciones Reales y Publicidad, de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna y de Interpretación Normativa y Procedimiento Recursivo y, por su intermedio, a sus respectivos Departamentos y Divisiones.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y Archívese. Soledad Mariella Barboza
**Ley 17050 (BO 13-12-1966)Se acepta la colaboración técnica y financiera ofrecida por el Colegio de Escribanos de la Capital Federal, para una compuesta y profunda reestructuración del citado Registro.
***Disposición3/2022(BO 7-4-2022) Establece un importe base para el cálculo del costo de las contribuciones ley 17050, aplicable tanto para la registración de documentos como para la publicidad de los asientos, denominado modulo base ley 17050 y cuyo valor se establece en la suma de pesos cien ($100,00).
DESCRIPCIÓN -Cantidad de módulos base
PUBLICIDAD
INFORME 1 – Dominio y gravámenes 10
INFORME 2 – Inhibiciones 10
INFORME 3 – índice de titulares de dominio 10
INFORME 4 – inscripción (matrícula) 10
INFORME 4B –Listado titularidad propiedad horizontal 10
INFORME 5 – Frecuencia de informes 10
INFORME 6 –Inscripción + Dominio y gravámenes 20
CERTIFICADO DE DOMINIO 10
CERTIFICADO DE INHIBICIÓN 10
Boleto de Compraventa 15
DOCUMENTOS
FORMULARIO DE SOLICITUD DE REGISTRACIÓN NOTARIAL (Minuta notarial) 20
FORMULARIO DE SOLICITUD DE REGISTRACIÓN JUDICIAL (Minuta abogados) 20
FORMULARIO DE SOLICITUD PARA CANCELACIONES, LEVANTAMIENTOS, ETC. 15
ANEXO DE FORMULARIO 5
ESCRITURA / OTROS TESTIMONIOS 5
CONTRIBUCIÓN LEY 23412 – DOCUMENTOS 5
CONTRIBUCIÓN DESAFECTACIÓN PROTECCIÓN DE LA VIVIENDA 5
PROPIEDAD HORIZONTAL: PLANILLAS DESCRIPCIÓN DE UF/UC
1 A 15 UNIDADES 20
16 A 50 UNIDADES 40
51 A 100 UNIDADES 80
MÁS DE 100 UNIDADES 100
OTROS SERVICIOS
RUBRICA DE LIBROS 20
ALQUILER DE CASILLEROS SEMESTRAL 20
PRÓRROGA -RECURSOS -REEMPLAZO –DESISTIMIENTOS 5
APERTURA DE EXPTE. SECRETARIA 20
COPIA DOC. REGISTRAL (MICROF.) 2
TRÁMITES URGENTES
Publicidad sobre inmuebles (informe 1) 35
Certificación sobre inmuebles 35
Informe inhibiciones – anotaciones personales 35
Informe índice de titulares 35
Certificación por inhibicion 35
Documentos 35
Propiedad horizontal (cada 5 unidades) 35
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