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Libreta Nacional de Guardavidas-Requisitos-Resolución. 1220/2023

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Publicado en BO: 26-9-2023

ANEXO



LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Recomendación del Directorio del Registro Nacional Público de Guardavidas formalizada mediante Acta Nº IF-2023-112472559-APN-ST#MT de fecha 22 de septiembre de 2023 que forma parte de la presente medida y será una herramienta fundamental que complementará los requisitos establecidos para el otorgamiento de la libreta nacional de guardavidas.

ARTICULO 2°.- El instrumento homologado por el artículo 1° podrá ser aplicado por las distintas jurisdicciones de todo el país.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Raquel Cecilia Kismer

 

 

® Liga del Consorcista

Tags: guardavidas,

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