El incremento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la Asignación por ayuda escolar anual para la educación inicial, general básica y polimodal y de la Asignación por maternidad., será equivalente a DOS CON SETENTA Y OCHO CENTÉSIMOS POR CIENTO (2,78%).