EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Determínase la adecuación de los nuevos precios de referencia estacionales del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST), aplicables a partir del 1° de junio de 2022.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo I (IF-2022-41751861-APN-DNRYDSE#MEC) de la resolución 305 del 29 de abril de 2022 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía (RESOL-202-305-APN-SE#MEC) por el Anexo I (IF-2022-53253430-APN-SE#MEC) que forma parte integrante de esta medida, donde se establecen los Precios de Referencia de la Potencia y Estabilizados de la Energía en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), para la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEM, como destinada a abastecer a sus usuarios de energía eléctrica, o los de otros prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica dentro del área de influencia o concesión del Agente Distribuidor, la aplicación de los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEM.
ARTÍCULO 3°.- Establécese para la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA TIERRA DEL FUEGO (MEMSTDF), como destinada a abastecer a sus usuarios de energía eléctrica, o los de otros prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica dentro del área de influencia o concesión del Agente Distribuidor, exceptuando los usuarios cuya actividad se encuadre en el minado de criptomonedas, la aplicación del POTREF y el PEE en el MEMSTDF establecidos en el Anexo II (IF-2022-53257180-APN-SE#MEC) que forma parte integrante de esta medida.
ARTICULO 4°.- Instrúyese al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Energía a dictar los actos administrativos y las normas complementarias que pongan inmediatamente en vigencia los cuadros tarifarios que reflejen lo resuelto en los artículos 1, 2° y 3° de esta Resolución, que regirán los nuevos precios de referencia para la adecuación del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST), aplicables a los consumos de electricidad realizados a partir del 1° de junio de 2022.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), al ENRE, a los Entes Reguladores provinciales, a la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Río Grande Limitada, a la Dirección Provincial de Energía, ambas de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y a las empresas prestadoras del servicio público de distribución de energía eléctrica.
ARTÍCULO 6°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Norman Darío Martínez