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PROGRAMA REPRO II-SALARIOS FEBRERO 2021-PLAZO-Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social-Resolución 77/2021

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Publicado en BO: 23-2-2021

 Entre el 22 y el 26-2-2021



EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese el plazo para la inscripción al PROGRAMA REPRO II para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de febrero de 2021, el cual estará comprendido entre los días 22 y 26 de febrero de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Establécense las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:

a. Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación: enero de 2020 y enero de 2021. Para el caso de las empleadoras y los empleadores que hayan iniciado su actividad económica a partir del 1° de diciembre de 2019, no se considerará este requerimiento.

b. Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Enero 2021

ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Claudio Omar Moroni

 

® Liga del Consorcista

Tags: De Interés General para la Familia Urbana,

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