Se declara crítico, esencial e indispensable para el funcionamiento del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el servicio que prestan la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria, Dirección del Programa Asistir, Dirección del Tribunal de Trabajo Para el Personal de Casas Particulares, dependientes de la SECRETARIA DE TRABAJO, y la Dirección de Gestión Documental, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, a partir del 1º de diciembre de 2020.Se convoca de manera extraordinaria a aquellos trabajadores y trabajadoras que presten funciones en las áreas críticas, esenciales e indispensables. Se mantiene la dispensa de asistencia al lugar de trabajo para personas de riesgo y para aquellas personas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños, niñas o adolescentes. Los servicios detallados deberán llevarse a cabo de manera presencial, debiendo darse estricto cumplimiento con lo dispuesto en el “Protocolo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para la prevención del COVID-19. Recomendaciones y Sugerencia” aprobado por Resolución del Ministerio 511/2020, las recomendeaciones de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) y con todas las medidas sanitarias preventivas y de cuidado establecidas para el COVID-19 por la normativa vigente.///