EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el “RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO A LA CARRERA DEL SISTEMA FEDERAL DEL MANEJO DEL FUEGO”, que, como Anexo IF-2022-100419667-APN-DGRH#APNAC, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Federico Granato - Rita Haydee Tanuz A/C - Juan Cabandie
ANEXO
(parcial) RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO A LA CARRERA DEL SISTEMA FEDERAL DEL MANEJO DEL FUEGO - El régimen será de aplicación a los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes de la Planta Permanente, tanto para el ingreso como para la promoción de la carrera, de las unidades organizativas cuyo personal está comprendido por el SISTEMA FEDERAL DEL MANEJO DEL FUEGO, homologado por el Decreto Nº192/21 del 23 de marzo de 2021 y sus modificatorios. Asimismo, se deberán reunir los requisitos de ingreso a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL y no estar incurso en los impedimentos establecidos para ello, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 4º y 5º Capítulo II del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su Decreto reglamentario Nº1.421/2002 y las normas concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo General, homologado por Decreto N° 214/2006. La acreditación de estas condiciones procederá conforme a lo que determinen las autoridades facultadas por la citada ley o por su decreto reglamentario, así como a lo que se prescribe en el presente Régimen en lo que corresponda.
Con carácter previo a cada convocatoria y conforme a las necesidades de servicio del Organismo, se determinará por resolución de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y/o el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la cantidad de cargos requeridos en cada asiento de funciones, para el ingreso a las categorías B0, B1, B2, B3, B4, B5, del SISTEMA FEDERAL DEL MANEJO DEL FUEGO./