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QUIÉN RESPONDE POR LAS FILTRACIONES DE BALCONES EN LOS CONSORCIOS

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En cualquier ciudad argentina, los balcones de edificios suelen embellecer el entorno - generalmente severo - de las construcciones con sus diseños de flores y plantas. Alegran no sólo a quienes observan desde afuera sino a quienes han tenido en ellos un espacio de sosiego espiritual en las tristes cuarentenas obligatorias por la pandemia.

Pero también los balcones pueden ser una fuente de conflictos y reclamos.

Ello ocurre cuando un propietario ve seriamente afectada su propiedad por humedades y caídas de agua provenientes de balcones situados más arriba. Si el edificio está construido con retiración de frente, es decir cuando los últimos pisos se observan como en escalera, o sea retirados de la línea de edificación, las humedades o caídas de agua se sienten no sólo en los techos del balcón sino también en los techos de habitaciones.

Entonces aparecen los reproches de quien se ve seriamente perjudicado en la habitabilidad de la unidad funcional, que reclama al consorcio y también al propietario del piso superior. ¿Quién tiene la responsabilidad de solucionar definitivamente el problema?

Para el Código Civil y Comercial vigente desde agosto 2015, los balcones - cosa común de uso exclusivo – pueden presentar problemas cuya responsabilidad es del propietario o del consorcio, dependiendo del caso.

En efecto, para la normativa de propiedad horizontal que rige para toda la República Argentina hay cosas o partes comunes (que repara la comunidad, es decir el consorcio) y cosas o partes propias (que repara el propietario), siendo esto plasmado por un lado en los artículos 2040, 2041 y 2042 y por el otro lado en el artículo 2043, respectivamente.

Enfocándonos específicamente en los balcones, estos presentan cosas y partes propias y cosas y partes comunes. Son propias “los revestimientos, incluso de los balcones.”(art.2043) y son comunes “ los cimientos, columnas, vigas portantes, muros maestros y demás estructuras, incluso las de balcones” (art. 2041).

Corresponde ineludiblemente sugerir al consorcio un informe técnico de profesional competente (ingeniero, arquitecto, maestro mayor de obra) que con su experiencia y experticia tome vista tanto del balcón de donde provienen las caídas de agua cuanto de la unidad funcional damnificada, y disponga las verificaciones y pruebas que correspondan. Con su resultado elaborará un informe indicando la o las causas puntuales que ha ocasionado el problema y qué debe hacerse para reparar. Como agregado puede indicar valores estimados de materiales y de mano de obra.

Solo así se sabrá quién debe reparar el balcón y responder por los daños ocurridos en el piso inferior.

Si es un problema de mosaicos, baldosas o cerámicas que revisten el balcón deberá responder el propietario que usa el balcón, dado que el revestimiento dañado tiene que ver con el uso. Si en cambio es un problema de estructura, losa, contrapiso, o cañería de desagüe, deberá responder el consorcio.

Eventualmente podrá tratarse de una responsabilidad concurrente.

En todos los casos es imperioso actuar con urgencia para impedir agravamiento de los daños y posible riesgo eléctrico ante caída de agua.

 

® Liga del Consorcista

Tags: Cuestiones Técnicas y Estructurales (ascensores - balcones - medianería), responsabilidad,

Comentarios

publicado el 27-11-2024

Mi vecina de arriba tenía la rejilla tapada,la destapó y le puso pasto a,me pintaron mi humedad,a quien corresponde pagar el arreglo al propietario o al consorcio?

publicado el 25-10-2023

Lamentablemente hay vecinos oportunistas. Qué pasa si obra con malicia y es un denunciador serial. Denuncias falsas, AGC que responde y comprueba la falsedad de las mismas. Y el ciclo se repite en formas reiteradas. Se puede accionar por calumnias e injurias???

publicado el 2-8-2023

me interesa mucho el tema de terrazas de uso exclusivos y los arreglos.

publicado el 2-8-2023

me interesa mucho el tema de terrazas de uso exclusivos y los arreglos.

publicado el 6-6-2023

Buenas noches. Si mi patio filtra agua de lluvia ,hacia el piso de abajo molestando con humedad a un negocio. Quien es responsable de impermeabilizar. El gasto es del propietario o del consorcio por no reparar estructurar

publicado el 16-4-2022

Es correcto el colgar ropa en los balcones ? Vivo en complejo de torres y se esta dando la costumbre de colgar ropa Todos los dpto. cuentan con lavadero y lugar para colgar

publicado el 16-4-2022

Es correcto el colgar ropa en los balcones ? Vivo en complejo de torres y se esta dando la costumbre de colgar ropa Todos los dptos cuentan con lavadero y lugar para colgar

publicado el 30-3-2022

Cuando hay filtración de agua por medio de los marcos de las ventanas, habría que sellarlas del lado de afuera, el administrador no me lo repara, en cada lluvia se me llena todo de agua el patio.

publicado el 25-3-2022

Estimada Patricia Cattaneo,
Como se indica en el formulario de comentarios, este espacio no está destinado a consultas sino a comentarios y opiniones de los lectores.
Para consultas, sírvase ingresar aquí.

Saludos cordiales.

publicado el 22-3-2022

De nada sirve la cantidad de consultas,si la Letrada no dá respuestas a las mismas.Muchas Gracias.

publicado el 6-3-2022

El 31/12/21 a las 17.30 hs. se tapa una cañeria de un dto. y la vecina del piso inferior es quién avisa ya que le cae agua desde el techo. Se llama al consorcio y no hay respuesta. Dada lo agudo del problema, el encargado estaba de vacaciones (vive en el edificio) y no había quién cierre la llave de paso de la columna, entonces se llama al primero que responde el teléfono. Vinieron destaparon. Trabajaron 50 minutos y pasaron más de 20 metros de cable. Cobraron $100.000al dueño. quién paga?

publicado el 4-3-2022

Hola. muy bueno el articulo. define claramente los limites. pero me queda una zona gris que me gustaria consultar, si el material de frente del balcon esta suelto y corre riesgo a caer al piso, a quien le corresponde reparar?. gracias

publicado el 3-3-2022

Que pasa con las barandas de hierro , madera , de los balcones? A quien le corresponde , ya que no es un revestimiento ni es una losa

publicado el 2-3-2022

muy interesantes los comentarios. Me gustaria ver las respuestas a cada problema. Para ver soluciones de casos reales, mas alla de lo que dicta el codigo. Saludos!

publicado el 2-3-2022

Gracias Dra. Sessa la Ley está... La incumplen desde jueces hasta funcionarios municipales y la gente comun poco honesta que no acepta el ROMPE ¡paga!

publicado el 2-3-2022

[email protected] Hay algo que no tengo claro:Las barandas netalicas que protegen el balcón son comunes ?

publicado el 2-3-2022

Vivo en un 1er piso. Tengo un vecino que techo su patio con caída a mi patio. El cuál usó mi espacio aéreo para dicho teco. Luego tengo una puerta corrediza que da a éste patio que todas las unidades tienen la misma ventana. Se oxida por la ĺuvia y por plantas que se riegan de arriba de otro piso. A quien le corresponde el arreglo de la puerta y cómo hago para que saquen el techo con caída a mi patio. Ya les dije a los vecinos del techo del patio pero han hecho caso omiso. Muchas gracias,

publicado el 2-3-2022

Interesante nota, lamentablemente se corre con el gasto también del informe del experto. Habría que ver de buscar una solución concensuada.

publicado el 2-3-2022

EN DESACUERDO. Si hablamos de filtraciones (caida de agua hacia el piso de abajo). es por que tambien esta fallando la impermeabilizacion del balcon/balcon terraza. poco tiene que ver los revestiientos. si bien son partes comunes de uso exclusivo, las filtraciones tienen que ver con falta de mantenimiento, o bien rajaduras por movimientos o vibraciones del edificio. en ambos casos el consorcio debe asumir ese gasto.

publicado el 2-3-2022

Muy claro el artículo, entiendo que las plantas, cerámicos u otro agregado del propietario, es gasto y responsabilidad particular. Lo del consorcio es lo de construcción básica.

publicado el 2-3-2022

A mi me pasa desde hace 5 años. Vinieron dos veces del gcba. Dejaron nota a la adm de turno y nada. Encima la UF del balcón es una clinica trucha. Es un edificio de uso exclusivo de viviendas. Arregla con agc y gcba. Injusticia real. Me filtra por sus pisos cuando llueve y se abre la puerta. Le faltan partes de madera. Un horror.

publicado el 2-3-2022

Muy buena la nota. En el caso de que haya una filtración del balcón hacia el piso de abajo y, después de meses, el consorcio haya llamado a un contratista, pero no revele los resultados del informe, ¿qué acciones se pueden emprender?

publicado el 27-2-2022

Dra. En el balcón de mi departamento que da al frente sale el caño de ventilación que proviene del departamento que da al contrafrente , desconozco si es del baño o cocina, pero el olor es nauseabundo. Este caño sale al ras de la pared interna de mi balcón, precisamente la que lo separa de la habitación, digo esto para que se comprenda que ventila dentro del mismo balcón. Cumple con las leyes de construcción vigentes esto? Es en gran bs. as. Lanus. Gracias.

publicado el 27-2-2022

Dra. En el balcón de mi departamento que da al frente sale el caño de ventilación que proviene del departamento que da al contrafrente , desconozco si es del baño o cocina, pero el olor es nauseabundo. Este caño sale al ras de la pared interna de mi balcón, precisamente la que lo separa de la habitación, digo esto para que se comprenda que ventila dentro del mismo balcón. Cumple con las leyes de construcción vigentes esto? Es en gran bs. as. Lanus. Gracias.

publicado el 14-2-2022

Si nos basamos en cosas y partes propias, las protecciones de balcones, rejas, barandas etc, es responsable el propietario quien usa el balcón, esto es así?.

publicado el 10-2-2022

Es interesante el tema y también genera en muchos casos distintos puntos de vista. Por ejemplo, como tomarían el caso de las barandas o, caso distinto, cuando el deterioro de las barandas repercuten en el estado de la mampostería (apoyos/encastres al piso oxidados provocan ingreso de humedad)

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