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A propósito de la Resolución DGDYPC 1698/12 y los Cursos para encargados en el Seracarh

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Sobre la base de la lectura de la disposición DGDYPC 1698/2012 podemos sostener que un servicio creado desde el año 2010 con carácter opcional, se ha transformado en obligatorio por imperio de la Dirección de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA.

Ignoramos si en el resto del país ocurre lo mismo.

Quienes hemos tenido oportunidad de conocer las instalaciones del Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal (SERACARH), en la calle Perón 1885 de la CABA, podemos señalar que es un coqueto petit hotel muy bien decorado, pero no muy transitado por administradores de consorcios y trabajadores de edificios de propiedad horizontal, probablemente por su carácter opcional.
Seguramente en su instalación ha incidido el aporte que los consorcios pagan por ese servicio (0,50% de todas las remuneraciones de todo el personal).
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social avaló esta creación convencional como Servicio de Conciliación Laboral Optativo, por medio de la Resolución 701/2011 (BO 15-7-2011), a cuyos términos cabe remitirse, ordenando que dicho servicio sea fiscalizado por el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria).

Parece ser que a estas funciones e incumbencias opcionales con las que nació el SERACARH, se le suman ahora otras muy distintas, de carácter obligatorio.
Eso no sería cuestionable, por la finalidad tuitiva que manifiesta la norma de la CABA como razón y fundamentación para estos cursos.

Lo que resulta insólito es que esos cursos sean arancelados, y además solventados por el Consorcio, como pareciera ser, a tenor de trascendidos.
¿Será que para sostener al SERACARH no alcanza con la contribución que los consorcios pagan mensual y obligatoriamente del 0,50% de todas las remuneraciones del personal? ¿Será que hay menos recaudación porque los edificios dejan de contratar encargados por estrictas razones económicas, dado que el costo en personal representa -en general- del 60% al 80% del total de gastos mensuales que se recaudan por expensas?

Por otra parte los consorcios -por imperio de la norma convencional (CCT 589/2010 y 590/2010)- tienen que dar al personal cinco permisos especiales por año sin merma de su salario (art.
12 inc.
h) : “el empleador otorgará hasta cinco (5) permisos especiales por año calendario y sin descuento de haberes a los trabajadores/as que fueren convocados por la FATERYH para participar en eventos de capacitación, culturales o sociales”) y también 40 horas anuales sin merma de su salario (art.
28 in fine : “si el trabajador/a realiza acciones de capacitación que resulten inherentes a su actividad y en los centros de formación de la FATERYH o de sus sindicatos adheridos, tendrá derecho a un total de 40 horas anuales sin descuento alguno en la remuneración para el desarrollo de las mismas”).

Se habla de FATERYH, entidad a la cual los consorcios pagan mensual y obligatoriamente del 2,50% de todas las remuneraciones del personal.
Lo que queremos remarcar es que arancelar una capacitación cuando ya se cotiza, resulta por lo menos sorprendente.
A mayor abundamiento el personal conoce sus obligaciones laborales, que deben estar en el Libro de Ordenes (Ley 12981, de orden público) y en cuanto a su capacitación para prevenir riesgos resulta –en general- incumbencia de las ART.

Hay otro aspecto observable en la resolución en análisis.
Señala su art.
1º que el administrador debe “exhortar” al personal a capacitarse .
Exhortar es estimular, persuadir, convencer, impulsar.
¿Qué ocurre si el personal no quiere o no puede capacitarse en la forma indicada por la norma?
Quedaría sancionado el administrador, conforme art.4º de la disposición en análisis, que remite al art 15 de la ley 941, en forma que resulta inexplicable.

Me permito requerir en forma urgente e imperiosa que el SERACARH arbitre razonabilidad en la aplicación de esta temática, dado que las obligaciones impuestas por la norma en análisis vencen el 28-10-2012.

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, Administrativo. Registros & Temas Municipales, laboral, abuso, encargados / servicio de limpieza / servicio de vigilancia, Registro Público de Administradores RPA, SERACARH,

Comentarios

publicado el 20-10-2013

yo soy encargado medio dia sin vivienda!!!!! en el tiempo que no estoy en el edificio no se provoca un incendio no hay gente que sufra alguna necesidad se asistencia etc etc ??

publicado el 20-10-2013

todos estas disposiciones solo sirven para currar !!!! y cada vez mas necesitados estan en hacerlo. que verguenza

publicado el 11-9-2013

Hola, en caso de ser un encargado de medio tiempo en mi edificio y tiempo completo en otro, a quien le corresponde pagar el curso ? y entregan certificados...

publicado el 23-3-2013

MACRI Y SU BANDA DE DELINCUENTES , SALUD!!!!!!!!!!!!!!!! Sigan robando. Politicos y gremialistas la misma porqueria. . Pobre Ciudad, Pobre País. Estamos en manos de los mas grandes delincuentes de la historia (del mundo) . Estamos en la indefension total. Tanto los Kirneristas como los Macristas, se estan llenando los bolsillos. Fomentan la corrupcion, la droga y todos los flagelos que podamos imaginar. NADIA HACE NADA. Gracias por estafarnos.

publicado el 22-3-2013

todos el personal debe hacer el curso en el SERACARH, O SOLO LOS ENCARGADOS Y PERSONAL DE MEDIA JORNADA, DEBEN HACERLO LOS JORNALIZADOS?

publicado el 3-12-2012

En diciembre, cuando uno ingresa al SiCayC para emitir las boletas sindicales de noviembre, aparece una nueva de $500 correspondiente al arancel de capacitación del Seracarh. Vergonzoso. Obviamente mi consorcio jamás la va a pagar.

publicado el 19-11-2012

Los trabajadores están encuadrados en la Ley de Riesgo de Trabajo (24557) y la Ley de Hig y Seg (19587)Nacionales, mas allá de las disposiciones municipales, el empleador esta obligado a brindar capacitación en materia de Hig y Seg de acuerdo al riesgo inherente a las tareas y el trabajador esta obligado a recibir las mismas -dentro del horario laboral-, lo cual no corresponde que el trabajador o el sindicato pague las mismas. Si es discutible que el curso si o si deba hacerse en SERACARH. Las ART brindan capacitación pero deben enviar al trabajador a donde ésta indique. Saludos

publicado el 10-11-2012

Estimados: Desde hace 7 años doy capacitaciones sobre Seguridad e Higiene a Encargados de Edificio convocado por varios Administradores. Con esta Disposición además de cercenar mi fuente de trabajo, obliga en forma "ARBITRARIA" a mandar a los Encargados de Edificios a un solo lugar a recibir las capacitaciones quedando cautiva la oferta .- demanda y cortando la "libertad de eleccion". Además de ser extremadamente oneroso, el Encargado pierde horas de labor y hay q abonar viaticos. Concurriendo el Profesional al puesto de trabajo se ahorran costos y horas. Una nueva medida de corrupcion. Lic Seg Hig Jose M Insua.

publicado el 8-11-2012

Sigo sosteniendo, que el Consorcista es víctima de su falta de representación, porque es la parte mas débil en este tipo de relaciones, no tiene quién lo represente eficazmente en las negociaciones paritarias, no tiene quién se oponga a todas las obligaciones que se imponen al Consorcio, libros y libros, curros y más curros, estas son disposiciones del GCBA, que si bien loablemente pretende que las expensas sean claras, no es menos cierto, que desde su lado, siempre ha encarecido las expensas.Al Administrador lo debe controlar un Consejo de Co-Propietarios honesto, no es necesario tanta normativa de todo. Saludos.

publicado el 8-11-2012

El problema radica, en que cada Gobierno, aumenta no sólo los impuestos y crea nuevos, sino que aparecen este tipo de pseudo organizaciones, que nadie sabe para que sirven, sobre todo en lo referente a los famosos Cursos para Encargados. En nuestro Edificio se pagó la suma de $ 500 y el Encargado no recibió ninguna Directiva, debemos decir Basta a tanto curro legalizado.- Lo que sucede es como el Consorcista no tiene en realidad ningún tipo de defensa ante los Gobiernos de turno, cada ves va a ser mayor objeto de presión para recaudar dinero, favorecer a amigos, etc. etc.

publicado el 8-11-2012

Seria muy buena que la Dra. Sessa haga una presentacion en nombre de los Consorcistas, que nuevamente son utilizados para hacerce cargo de gastos que no les corresponde. Rechazar el caracter de obligatorio y rechazar cualquier pago, ya que si desean hacer cursos sobre seguridad e higiene los brindan las ART y si son otros cursos que deean hacer los encargados, primero pueden pagarselo ellos ya que cuenta con buenos ingresos y en caso contrario que su sindicato los brinde sin cargo,como corresponde.- Ademas van a desaparecer del edificio en horario de trabajo con la excusa de los cursos. Por favor presentar un amparo o lo que corresponda.

publicado el 8-11-2012

Sobre la famosa boleta, lo que hicimos fue directamente no pagar ese curso, ya que consideramos que no es obligatorio. Nuestro portero lo hizo el año pasado en la ART y no nos salió ni un peso. Para eso nos reunimos y decidimos por asamblea darle esa directiva al administrador. En nuestro caso porque el administrador es un vecino y se puso las pilas, otros seguro que como no es su plata van y lo pagan sin chistar. En nuestro edificio mandamos nosotros, ni larreta, ni macri, ni el suterh. Sugiero que otros hagan lo mismo. Claro que si vamos a pagar como borregos todo lo que nos dicen, estamos fritos!

publicado el 7-11-2012

Mi administrador me mostro que ya el Suterh le mando via el sistema automatico la bholeta para pagar $500 por cada empleado que tenemos. Y todo para que? Para darle una supuiesta capacitacion de 3 horas en Seguridad e Higiene, que ya le da la ART de maenra gratuita. Cuando diantres vamos a pararnos firmes para evitar que esta manga de delincuentes nos sigan esquilmando? Esto parece una parte mas de los negociados politicos entre el PRO y el FPV. Y Larreta se hace el zonzo cuando se le consulta, da verguenza ajena!

publicado el 7-11-2012

Siempre seremos los cotarados en lugar de copropietarios. Sacan normas dictan resoluciones, aumentan los salarios y nosotros ni nos consultan ni nos hacen participar.

publicado el 6-11-2012

Hola gente: MUY BIEN RITA. Ud. tiene la claridad de siempre es sus líneas se desprende una vez más un oscuro acto recaudatorio para ser cargado por eso burocracia o burrocracia son palabras distintas a ser aplicadas a los cráneos, y tal como Ud. expresa eso valores deben salir del fondo recaudatorio que aportamos todos y va en contra, esos mayores costos, a la idea de contratación del personal bajo relación de dependencia. Mis Saludos... Daniel Puiggrós

publicado el 2-11-2012

par que , si algunos no tienen el colegio primario terminada que van a entender esto es otro de los tantos curros de los sindicatos , para llenarce los bolsillos, despertemos gente , hasta cuando curro curro.

publicado el 27-10-2012

La idea de que uno paga y paga ya parece un verdadero abuso y se abusa de todos aquellos que cumplimos; no se puede aceptar que nos impongan a los consorcistas, medidas arbitrarias comno lo estan haciendo en la actualidad y nadie hace nada y acepta estas medidas; no puede ser que se hagan las cosas de esta manera, los libros que se nos imponen y que despues arbitrariamente se cambian, los cursos que nos obligan a pagar, la digitalizacion de las expensas (como si esto sirviera para algo) MENTIRAS el objetivo financiar a quien sabe quien...VAMOS A TENER QUE PEDIR PERMISO HASTA PARA PINTAR NUESTRA UNIDAD...ES UNA ABERRACION...

publicado el 12-10-2012

Estimados.- Les comento que la disposición en su artículo 1ro dice que los consorcios deberán por intermedio de sus administradores EXHORTAR AL PERSONAL a concurrir anualmente a las capacitaciones. Exhortar no significa pagar o tener que pagar, sino inducir,estimular, animar, impulsar, persuadir. Por supuesto en Defensa del Consumidor nadie sabe que decir ante este planteo, pero les sugiero EXHORTAR a los Encargados mediante el libro de órdenes a fin de cumplir la disposición y cubrirse de esta forma evitándole al consorcio un gasto que es inviable.- Saludos!

publicado el 12-10-2012

NO es ni para sostener al SERACARH porque no alcanza con la contribución que los consorcios,no es porque que hay menos recaudación porque los edificios dejan de contratar encargados,es solo porque ya no saben donde meter las manos para recaudar mas para beneficio propio,ademas es una verguenza,y una falta de respeto que recaudando casi $45.000.00,ponga una sola persona para atender a todos los consorcistas,que no tiene un solo encargado para anotar,en fin esto pasa en este pais donde hacen lo que se les da la ganas,sin que nadie les diga nada,y como ya es una costumbre casi ni nos duele

publicado el 11-10-2012

He tenido oportunidad de ver la obra teatral MINEROS, basada en un hecho real: Un grupo de mineros solicitaron al Sindicato que les solventara un curso de pintura artística con resultado excelente. Adhiero a la posición de Adriana "Mejor salario y capacitación". El tema es quien hace la inversión, en pesos, para posibilitarlo. Por un lado si se trata de prevención de accidentes debería correr por cuenta de las ART tal como cita la Dra Sessa. Si se trata de la cuestión sobre seguridad de bienes que corra a cargo del Estado que cuenta con fondos y personal necesarios. ¡Dejen de aumentar los gastos!:Estamos tocando fondo. Estamos tocando fondo.

publicado el 11-10-2012

Según la página de Seracarh el curso cuesta por inscripto $500 y trataría sobre seguridad e higiene. No aclaran cuestiones fundamentales: ¿Qué días se dicta y en qué horario? ¿Cuántas horas dura? ¿Cuál es el temario detallado? ¿Quiénes lo dictaran y sus cv? Esta carencia de información nos impide tomar una decisión al respecto.

publicado el 9-10-2012

Hoy me presente en el SERACARH, Peron 1885 2º piso, para informarme sobre el curso que ordena la Dip. 1698/DGDyPC/12, y me comunican que el personal jornalizado y los suplentes, estan exentos de realizar el curso. Evidentemente la disposicion es poco clara y la falta de informacion que tenemos los Administradores por parte de la DGDyPC y el RPA, pues las paginas web de estas organizaciones estan totalmente desactualizadas.

publicado el 30-9-2012

Que podemos hacer la comunidad consorcial con estas medidas, juntar firmar y elevarlas al Suterh. y a la DGDensa y Protección al Consumidor. Siempre somos perjudicados por todas las normativas, pagar, pagar y pagar. Se abonan mensualmente las cargas sociales, para todos los derechos del trabajador, las obligaciones y derechos se encuentra en el reglamento de los enc. Porque pagar un curso para mediar conflictos. Para que, entonces el sindicato. Por favor, despertemos y hagamos algo entre todos. esto hace que cada vez se contrate menos personal para la limpieza. Hagamos algo por los derechos de los consorcistas. espero respuesta y acciones. Ad

publicado el 27-9-2012

En un orden de democracia todo lo que instruye es mas que bueno para un encargado, pues bien como podriamos hacer los consorcistas para que estos costos los pague el gremio y no un consorcio que en muchos casos lo integran jubilados, pencionados y trabajadores asalariados.

publicado el 26-9-2012

Me comuniqué telefónicamente con FATERYH y SUTERH, no tienen la menor idea de esa disposición. Me gustaría saber con quien comunicarse para realizar esos cursos. Desde ya muchas gracias

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