Contenido para:
Todo el país

Sobre la licencia por fallecimiento del padre o madre del encargado

20072 personas leyeron esto
1 comentaron al pie
Versión para imprimir
Publicado el
Escribe


El convenio colectivo vigente otorga una licencia especial por fallecimiento de un progenitor del personal de encargados, que es de cinco días corridos.

Si el fallecido vivía a más de 500 kilómetros de la sede del consorcio y el trabajador debe viajar para asistir a las exequias, deberá estar de regreso a su trabajo en el consorcio el día sexto contado desde el deceso del causante.

En efecto, el CCT no otorga más días de licencia en razón de la distancia, pues excluye al caso de muerte de progenitor como supuesto para adicionar dos días más de licencia.

Cabe tener muy en cuenta los expresos términos de CCT 589/2010, versión 2013, conforme surge a continuación.-

“LICENCIAS ESPECIALES
ARTICULO 12°: El/la trabajador/a tiene derecho a:
a) Hacer uso de la licencia con goce de sueldo por los términos y motivos que a continuación se mencionan:
• Por casamiento: diez (10) días;
• Por nacimiento de hijos: tres (3) días hábiles;
• Por fallecimiento de padres, esposa e hijos: cinco (5) días;
• Por fallecimiento de hermanos: tres (3) días;
• Por fallecimiento de nietos, abuelos y familiar político de primer grado: un (1) día

En todos los casos de fallecimiento, el trabajador o la trabajadora deberá presentar la copia del certificado de defunción correspondiente.

En los casos de fallecimiento de hermanos, nietos, abuelos y familiar político de primer grado, si el trabajador o la trabajadora debiera viajar a más de quinientos (500) kilómetros de su lugar de prestación de tareas con motivo del deceso del pariente, se adicionan dos (2) días más de licencia.
Al efecto, el trabajador o trabajadora deberá presentar los pasajes y/o certificado de defunción y/o aquella documentación que acredite la distancia referida.

Concluyendo: solamente en el caso de fallecimiento de hermanos, nietos, abuelos y familiares políticos de primer grado el encargado cuenta con dos días más de licencia por distancia mayor a 500 kilómetros.

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, encargados / servicio de limpieza / servicio de vigilancia, De Interés General para la Familia Urbana, licencia,

Comentarios

publicado el 11-9-2020

Quería saber si ahora con la pandemia puedo sacar licencia por fallecimiento de padre

Quieres opinar sobre este tema?

No estás registrado o no ingresaste con tu usuario y clave, si no te logueás tu comentario aparecerá como anónimo y no será publicado hasta que no sea aprobado por un moderador  registrarme | ingresar
Este espacio no está destinado a consultas sino a comentarios y opiniones de los lectores. Los autores no responderán las consultas vertidas en esta área. Para consultarnos, sírvase ingresar aquí
caracteres restantes.
Si el comentario es publicitario, grosero o injuriante será eliminado
SUSCRIPCIÓN GRATUITA
Todas las novedades en Propiedad Horizontal