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Puede el Gremio de Encargados obligar a los Consorcios a contratar personal?

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Hemos tenido oportunidad de conocer en plena pandemia (año 2020) requerimientos del SUTERH a consorcios del interior del país, exigiendo se aplique la Resolución General AFIP 3634/2014 de indicadores mínimos de trabajadores consorciales (IMT). Por ejemplo, si hay un trabajador media jornada exigiendo pasarlo a jornada completa, por la cantidad de unidades funcionales existentes.

Ahora hemos tenido oportunidad de conocer requerimientos similares en CABA.

La resolución invocada no obliga a contratar, tal y como lo señalara oportunamente quien fuera administrador general de AFIP en el año 2014.

La mencionada R.G.3634/2014 establece presunciones y se apoya sobre la base del principio interpretativo de preeminencia de la realidad económica. Es decir se presume que cada edificio cuenta con determinado personal, salvo que la realidad diga otra cosa.

Es cierto que no es razonable ni creíble que edificios de alto manifiesten carecer de personal de limpieza. Seguramente encubren contrataciones en fraude a la ley laboral, y corresponde que el gremio actúe en consecuencia en esos casos. Pero bajo ningún concepto puede exigir contrataciones.

Ello así porque la situación ha cambiado desde el 1-8-2015, felizmente.

En esa fecha comenzó a regir el Código Civil y Comercial, que con toda razonabilidad establece que sólo los propietarios son quienes en asamblea deciden que el administrador contrate - o no - personal. Lo decide quienes pagan. (arts 2058 inciso c) y 2067 inciso f) CCC).

Antes, nombrar personal en las categorías fijadas en el art 7º del CCT 589/2010 era decisión exclusiva y excluyente del administrador.

La negativa de los propietarios a contratar otro personal o ampliar horario al existente, deberá ser fundada. En último caso, decidirá la justicia.

Concluyendo, la AFIP y el gremio de encargados –SUTERH– carecen de facultades para obligar a contratar. Sobre todo cuando muchos consorcios se ven impedidos de arreglos edilicios necesarios por el alto costo laboral que ya tienen, por los morosos, por juicios cuyo pago deberán afrontar, etc.

El derecho es una lucha constante, permanente e inflexible.

Recordemos que la única verdad es la realidad.

 

® Liga del Consorcista

Tags: abuso, ataque al derecho de propiedad, Suterh, AFIP,

Comentarios

publicado el 29-12-2023

Puede un consorcio no tener encargado o alguien que limpie por tener pasillos escalera ascensor y hal de entrada muy reducido 4pisos y sin sótano.se informa a @ Afil mensual sin personal?

publicado el 24-10-2023

Vivo en un consorcio de 132 u.f. en Neuquén. El encargado se jubiló y no deseamos reemplazarlo. Hay un grupo de 3 retirados de la policía pcial, muy apreciado x la gente, que actúan como monotributistas. No pueden ser empleados xq pierden su retiro. ¿Cuales son las implicación legales de esta situación?. Gracias

publicado el 19-10-2023

Buenas tarde,tenemos un encargado jubilado ,y que se lo tomo nuevamente,ya hace 10 años desde su jubilacion .hoy los estudios anuales le dan apto C .ya es mayor la pregunta puede seguir trabando con esa categoria (problemas lumbar ,2 esten, sordera ,etc .)en caso de que no ,se debe indemnizar o se le debe pedir que renuncie ,

publicado el 13-7-2023

Buenos dias, mi consulta es, cuál es la resolución que indique que " ESTÁ PROHIBIDO CONTRATAR MONOTRIBUTISTAS " en lugar de personal del SUTERH, para la tarea de limpieza de edificios. Gracias aguardo respuesta

publicado el 4-4-2023

BUENAS NOCHES SOMOS CONSORCIO DE 13 DPTOS MAS LOCAL SIN COCHERAS, ESTAMOS OBLIGADOS A TENER PERSONAL DE LIMPIEZA CON SINDICATO? GRACIAS

publicado el 26-3-2023

Gracias muy bueno el informe

publicado el 16-3-2023

Muchas gracias por la nota! Hay algo que nunca me quedó claro: ¿puede legalmente un consorcio/administración contratar personal (en blanco obviamente) para limpieza de manera particular, es decir, sin depender de una empresa de limpieza? He consultado a varios administradores y algunos dicen que no se puede, otros que sí, otros dicen que se puede tener problemas con el sindicato... Estaría genial un artículo sobre este tema

publicado el 14-3-2023

Los edificios en la costa, por ejemplo, Mar del Plata, más de 80 unidades y más de 30 cocheras, es cierto que, el encargado, en verano puede necesitar un ayudante, pero, en invierno el edificio está al 30 % de ocupación, por lo tanto, los que toman estas decisiones, están a atrás de un escritorio, ya que, para estar del otro lado les falta materia gris, por no decir que son inútiles, "poco útiles"

publicado el 14-3-2023

Si en un edificio de 36 unidades y cocheras, tenes un encargado medio dia, es real que no te puede intimar el sindicato a ampliar el horario. Pero, todo esto esta en relacion al momento economico que vivimos. Si bien no se puede en muchos consorcios aumentar las expensas, de acuerdo a los aumentos DESMEDIDOS de abonos y servicios, la pregunta es porque no se controla tambien esas cuestiones. El problema en este caso es que los propietarios tienen una queja constante acerca del nivel de higiene.

publicado el 13-3-2023

Buenas tardes, la consulta es en aquellos edificios de más de 25 unidades si tienen que contratar ayudante de encargado o se puede prescindir del ayudante. Muchas gracias. Saludos

publicado el 13-3-2023

Pregunto en el edificio que vivo hay un sr que alquila la porteria, tiene uno o dos perros y este sujeto no limpia su vivienda.No se puede estar del olor nauseabundo que hay en planta baja y pisos siguientes.El administrador no nos soluciona nada.Que se puede hacer?

publicado el 10-3-2023

Además de lo señalado por el autor de la nota, aún en el ámbito laboral, si bien rigen las leyes que protegen al trabajador, se está bajo el principio general de la libertad de contratación, por lo tanto nadie en ningún ámbito, bajo ningún pretexto puede obligar a otro a contratar a un tercero. Si el sindicato utilizara sus facultades de representación gremial y fiscalización para forzar la contratación, estaría cometiendo una extorción, lo que es delito.

publicado el 10-3-2023

Perfecto,gracias. Pero cdo hay encargado y no cumple con su funcion es muy dificil echarlos y la verdad es q tampoco nadie deberia obligarme seguir una relacion laboral q no me sirva...

publicado el 10-3-2023

Me gustaría saber o donde dirigirme la.conaulta .consorcio encargado.con aportes y edad para jubilarse .puede quedarse ? Que tramite tiene que hacer el y si nosotros podemos no aceptar.pues estamos con un déficit imposible de sostener .agradezco.su respuesta.

publicado el 10-3-2023

Buenas tardes, como siempre sus arts. resultan muy interesante y de utilidad, gracias por este servicio y no estoy de acuerdo con tanta influencia del gremio de encargados es muy costoso mantener un encargado con morosos que no pueden pagar sus expensas ni hacer los arreglos pertinentes en los edificios. Saludos.

publicado el 10-3-2023

Buen día. Mi consulta es, si el encargado de 8 horas con vivienda en el edificio solo trabaja una hora porque solo limpia la entrada. Ya que hay ayudante de 4 horas es la que limpia escaleras y hall. Es necesario tener ese ayudante cuando el encargado no tiene nada para hacer? Gracias

publicado el 10-3-2023

Siempre con art tendenciosos, odian a los encargados, que somos quienes juntamos su mugre a diario, llamamos ambulancias, escuchamos problemas, atendemos a cualquier hs, y puedo seguir enumerando, además de ser encarg, soy adminis de propiedad, conozco y se de lo que hablo. Un poco de respeto. El básico es de 144. .

publicado el 10-3-2023

Puede el gremio de encargados entrar a los edificios de manera sorpresiva? Tiene ese poder?

publicado el 10-3-2023

BRILLANTE DOCTORA COMO SIEMPRE. MIL GRACIAS POR PROTEGER AL PROPIETARIO.

publicado el 10-3-2023

Propietarios *a moverse*. Administraciones que usufructúan otorgando horas extras, feriados, suplencias y más etc.

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