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AHORA SÓLO QUEDA EXPANDIR EL MODELO DE TRANSPARENCIA A TODOS LOS DEMÁS ÁMBITOS

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Desde la Liga del Consorcista, hemos bregado constantemente por que todo aquél que maneja fondos ajenos, deba hacer conocer a los dueños de esos fondos, por Internet, el detalle de su gestión.
Comenzando desde el propio Estado, hasta los contratos entre particulares y aún las decisiones de corporaciones que fijan tarifas públicas desde la oscuridad de sus comisiones directivas.

Por ejemplo, el ciudadano común debe saber cuánto se paga por cualquier contrato público, sea de la índole que fuere, nacional, provincial o municipal.
Y no solamente cuánto se paga sino a quién y por qué concepto
.
Así quedaría en claro, entre otras cosas, si las obras que los políticos suelen publicitar con gran despliegue no encubren sobreprecios, dádivas o cualquier otro fruto del frondoso árbol de la corrupción.
Y también sabríamos, por ejemplo, quiénes y por qué razones expresas fijan las tarifas de los actos Notariales, o los derechos obligatorios impuestos a los profesionales por sus respectivos Colegios.

Dentro de ese orden de ideas, no podemos menos que celebrar, en principio, el sistema llamado "Expensas Claras" instrumentado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuanto tiende a uniformar la contabilidad de los consorcios bajo reglas claras, facilitando el control de los gastos.
Y decimos "en principio", porque tal vez no es oro todo lo que reluce.

No quisiéramos que por esa vía se socave el derecho de las asambleas de propietarios a decidir soberanamente y mediante las mayorías correspondientes, cómo debe manejarse en definitiva el dinero de sus bolsillos.

Mientras siga en vigencia la actual legislación en materia de Propiedad Horizontal, el cumplimiento de esa disposición, como así también de otras del mismo estilo, son de cumplimiento obligatorio en tanto y en cuanto los propietarios no determinen otra forma de gerenciamiento de cada consorcio.

Sin embargo, cabe hacer notar que si llegara a aprobarse finalmente el cuestionado Anteproyecto de Nuevo Código Civil, que quita a la propiedad horizontal la calidad de condominio y la enmarca dentro de un derecho real nuevo cuya fuente no es la Constitución, sino la ley, el derecho pleno de los propietarios a decidir libremente sobre el manejo de su patrimonio, quedaría limitado a la voluntad de los legisladores de turno.

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, De Interés General para la Familia Urbana, De Interés General para la Familia Urbana, tecnología, De Interés General para la Familia Urbana,

Comentarios

publicado el 22-5-2014

Tenemos un consorcio pequeño (10 unidades, antiguo) La persona que fue nombrada como administrador, no fue registrada en el libro de actas. Solo se hizo una nota de consentimiento. Hace tres meses que no liquida expensas ni se ocupa del consorcio es decir que a mi entender hizo abandono de trabajo. Debemos hacer una nota de despido por parte de propietarios o, dado su no nombramiento oficial, directamente buscar una nueva administración sin ningún aviso de nuestra parte. Gracias por respuesta.

publicado el 2-5-2014

Estimando Doctor,Necesito me informen, si es obligatorio asistir a las reuniones de consorcio y si no lo hiciera se me niega fotocopia de facturas sobre los gastos Otra pregunta es legal no colocar el nombre de los propietarios en el resumen de expensas , en mi caso figuran unidades con nombres de personas que no viven mas en el edificio, En este caso el resumen no tendria que venir nada mas que el Nª de la Unidad ? Aguardo su respuesta- Atte-

publicado el 25-4-2014

Dr. Loisi: No puedo mas que sorprenderme. Pregunto: Mas allá de esta supuesta transparencia que indudablemente se traducirá en una carga administrativa para las administraciones, que, como siempre pasa destruirá a las pequeñas y solo beneficiará a las grandes (que no se inmutan por tener que contratar mas o menos personal, no puedo menos que disentir: Todas las iniciativas vinculadas a la propiedad horizontal del GCBA, han sido, indudablemente, para hacer negocios. La frutilla del postre, luego de haber tenido que poner en vigencia libros que poco tiempo después fueron derogados, es el tema del Registro de elevadores. Saludo cordial------

publicado el 11-4-2014

En conclusion, aun no es obligatorio. Por favor Confirmar. Y si tratando de aclarar para nosotros, tambien abrimos puertas, para que el Gob. Ciudad, o Nacional reciban datos de los consorcistas, realmente siento estar viviendo en Gran Hermano. Sdos.cordiañes

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