En fecha 21-4-2019 dijimos esto. Insistimos entonces en el concepto razonabilidad, muy sensible para la legislación laboral (ej. arts.57, 66, 80, 90, 134, 200 Ley de Contrato de Trabajo). Destacamos entonces las graves cargas que se imponen a los consorcios, que no son empresas y por ende no tienen ganancias. Observamos la llamada "contribución solidaria para las obras sociales".
De 2014 a 2016 se exigieron $50 por mes, en 2017 pasó a $150 por mes y en noviembre 2018 hasta noviembre 2020 se llevó el monto a $250. Dijimos entonces que el control de legalidad, que debe existir por parte de las autoridades ministeriales, NO EXISTE.
Ahora se ha avanzado desfachatadamente con un aumento del 380% UNA VERGÜENZA!!
Los exhaustos propietarios, en medio de esta triste pandemia, cuyos efectos sociales y económicos son devastadores, se ven obligados a ser solidarios con la obra social OSPERYH, cuya administración sindical les es ajena.
Vuelvo a reiterar, como en ABRIL 2019:
Los derechos de los trabajadores son intocables y para su defensa están los sindicatos. Están para esa digna función. NO ESTÁN PARA EXIGIR A LOS CONSORCIOS CONTRIBUCIONES AGREGADAS A LAS CARGAS SOCIALES LEGALES CON EL ÚNICO Y CUESTIONABLE FIN DE SANEAR SU CONTABILIDAD, ES DECIR EL MAL MANEJO DE FONDOS DE TERCEROS.