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EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN HOY Y EN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL

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En breve estaremos regidos por un nuevo Código Civil.
Sin perjuicio de las opiniones oportunamente expresadas respecto del anteproyecto de reforma (muchas de nuestras críticas fueron tenidas en cuenta y plasmadas en la redacción definitiva), hay varios temas particularmente trascendentes para los propietarios que es importante resaltar.

Uno de esos temas es el de las nuevas atribuciones (y responsabilidades) del Consejo de Administración.
Desde que fuera sancionada la ley 13512 de Propiedad Horizontal, ninguna normativa nacional ha hecho siquiera mención del Consejo de Administración.
En otras palabras, para la ley de propiedad horizontal vigente hasta el 31-7-2015, el Consejo no existe.

Algunos reglamentos lo crean, y a veces, algunas asambleas lo establecen, pero la figura del Consejo ha sido siempre difusa y ha dado lugar a muchos malos entendidos.

Actualmente el Consejo no es más que un grupo de vecinos (propietarios o no, que habiten el inmueble o no) que ponen sus buenos oficios para aconsejar al Administrador.
El administrador escuchará el consejo si le parece pertinente, pero excepto que el Reglamento o la Asamblea expresamente indiquen lo contrario, no está obligado a ello.

Los consejeros son una especie de “nexo” entre la administración y el resto de los condóminos, y en algunos casos tienen el “contralor técnico y económico” de la gestión de la administración.
Esto último se traduce en la carga “moral” de revisar cómo gestiona la administración los fondos del edificio, pero sin facultades ejecutivas.

En algunos casos, hay edificios y administraciones que -en la práctica- delegan responsabilidades y decisiones en los miembros del Consejo, pero ello es una mera práctica que en principio no modifica las responsabilidades legales de gestionar los fondos del edificio que tiene el administrador.

Ahora bien, el nuevo texto legal, sí hace mención de los Consejos de Administración, con la finalidad de controlar los aspectos económicos y financieros del consorcio.
Se llamarán "Consejos de Propietarios".

Serán optativos.
El Consejo de Propietarios no sustituye al administrador, ni puede cumplir sus obligaciones.

Al llamarse consejo de “propietarios”, dicho órgano no debiera integrarse más que por propietarios, y no por meros ocupantes o parientes de los propietarios.
En caso que haya consejeros designados por Asamblea, cumplirán las funciones legales y -además- las que puedan asignarles el Reglamento de cada Consorcio.
Conforme el nuevo texto legal, -entre otras incumbencias-, deberá aprobar los certificados de deuda, el uso de los fondos de reserva y asumir la propia administración del consorcio, ante determinadas situaciones.

Cabe agregar que el Consejo se expide por simple mayoría de sus miembros, y a falta de indicación contraria del Reglamento de Copropiedad y Administración (llamado a partir del 1-8-2015 “Reglamento de Propiedad Horizontal”), cada consejero tiene un voto.

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, De Interés General para la Familia Urbana, Consejo de Propietarios, propiedad horizontal, responsabilidad,

Comentarios

publicado el 7-8-2024

Si el consejo de propietarios incumple la última frase del art 2064 (Excepto los casos indicados en este artículo, el consejo de propietarios no sustituye al administrador, ni puede cumplir sus obligaciones) y hace las tareas del administrador, ¿le cabe alguna sanción o se puede denunciar esto ya que estpán desvirtuando su función de control, porque sería como controlarse a sí mismos?

publicado el 22-7-2024

Hola, quisiera saber si los propietarios que viven en el edificio hace 40 años pero no tienen hecha la sucesión pueden votar en asamblea, debido que el consejo de propietarios no lo permite y eso hace que vote menos gente y sea a favor el resultado. Gracias

publicado el 9-4-2024

Se quemo la bomba sumergible las bombas elevadoras quemadas, se instalo una bomba sumergible nueva y se reparo la otra. esto lo paga el propietario?, son expensas extraordinarias

publicado el 19-11-2023

hola vivo en un consorcio de 326 dptos y soy miembro del consejo de administración y quisiera saber si se puede remover a la presidente del consejo ya que esta persona no opina impone y se dice y desdice en todo momento y ataca permanentemente al administrador no escuchando a nadie

publicado el 27-3-2023

Estimados. Quisiera saber, si es potestad de una asamblea, cuando deciden por mayoría, por una cuestión económica, no contratar a un ayudante, cuando, la norma del gremio así lo exige, por la cantidad de pisos,unidades,cocheras, bauleras etc, y si esa decisión tomada queda asentada en el libro de actas, aún con la disconformidad del administrador, esto no afecta a la responsabilidad legal y de la matrícula del administrador que ejerce la función?

publicado el 25-3-2023

pude el fideicomiso en escritura de primera venta incluir una clausula de no remocion del actual administrador por 10 años? muchas gracias

publicado el 4-4-2022

Estimados, quisiera saber si es posible que el consejo de propietarios anule la desición del administrador de sacar a una persona de seguridad que tenía más de 4 años y que conocía a todos los que vivían en el lugar. Dejando una seguridad indeble con personal de seguridad que no sabe que debe hacer porque los otros dos son nuevos también. Hay algo que podamos hacer como miembros del consejo?

publicado el 15-1-2022

Vivo en un PH donde hay 5 deptos y no tenemos administrador/a de consorcio. ¿Es obligatorio? (Yo he propuesto que haya uno/a pero mis vecinos se niegan entonces querría saber que ley es la que olbiga si la hubiere). Muchas gracias!

publicado el 4-1-2022

hola buenas tardes hace unos meses que tengo una vecina que se queja por ruidos molestos en mi departamento, se trato en muchas oportunidades conversar con ella pero no hay caso , la ultima vez nos amenazo con enviar una carta documento ya que pertenece al consejo de propietarios , aun no la recibo pero en el detalle de gastos administrativos figura como gasto ,ellos pueden usar los fondos en comun ?????

publicado el 15-12-2021

Les consulto en un edificio de prop horizontal, si la administradora del consorcio puede aprobar por sí misma un presupuesto de $38.000 para una reparación en el hall de entrada sin consultar en absoluto a los propietarios

publicado el 13-6-2021

Hola ante un despido.. como saver si todo el consorcio esta de acuerdo cuando no van a reuniones . o solo 3 0 5 consorcist y administrador. .

publicado el 27-3-2021

Leí algunos comentarios. Colaboro: - La nueva ley de alquileres, establece un poder para los locatarios, con facultad de voto y decisión. Además, de ser legal formar parte del consejo, con esa autorización, como tb. asistir a las asambleas. - Si la administración no responde a sus inquietudes de acuerdo a sus incumbencias, lean la ley del CCyC, pueden realizar la denuncia al Gobierno de la Ciudad, mediante su página (googlen). - Se puede pedir el cese del presidente del consejo mediante asamblea

publicado el 16-3-2021

los consejeros tienen firma conjunta con el administrador, pero desean renunciar por cuestiones personales y con la excusa de la pandemia hay un grupo de propietarios que se niega a una asamblea virtual. que se hace?el consejero esta obligado a seguir?

publicado el 16-3-2021

Soy ex esposa del propietario. La que vive en su propiedad soy yo con mis hijos. Puede darme una autorización y formar parte del Consejo de administración?

publicado el 8-2-2021

Que se puede hacer en el caso de que el presidente del consorcio se cree dueño del edificio y junto con el administrador decide en que se emplea el dinero incluso incumpliendo actas ya firmadas en asamblea?

publicado el 6-9-2020

El Consejo de Propietarios puede decidir por por votación de sacar al presidente del consorcio que designado por asamblea

publicado el 26-7-2020

Estimada Jamas se hahizo mencion cuando existe un consejo de administración que utiliza los recursos del consorcio para su propio beneficio utilizar al personal en horario de trabajo para arreglos de su propiedad. realizar edificacion sin previo aviso, infrigiendo el reglamento interno y la ley de propiedad horizontal. realizar ruidos molesta edificando en horarios que no corresponde. y que se encuentra fuera del reglamento interno. etc. por favor si puede aclarar este tipo de temas. gracias.

publicado el 9-7-2020

Hola q tal quería saber como proceder en una situación de estas q tengo q hacer ya q se me cortó la luz de mi depto y llame a la administradora para q me abra el cuarto de medidores q esta cerrado con llave q solo ella tiene y no me quiso abrir xq era las 23:00 hs y portero no tenemos y yo a las 00:00 le tenía q hacer nebulizacion a mi hijo de 6 años ya q tiene problemas respiratorios me cortó el Tel diciéndome q ella no tenía la culpa q se me allá cortado la luz ni de q no allá portero ...

publicado el 9-7-2020

Hola q tal quería saber como proceder en una situación de estas q tengo q hacer ya q se me cortó la luz de mi depto y llame a la administradora para q me abra el cuarto de medidores q esta cerrado con llave q solo ella tiene y no me quiso abrir xq era las 23:00 hs y portero no tenemos y yo a las 00:00 le tenía q hacer nebulizacion a mi hijo de 6 años ya q tiene problemas respiratorios me cortó el Tel diciéndome q ella no tenía la culpa q se me allá cortado la luz ni de q no allá portero ...

publicado el 7-7-2020

Mi consulta especificamente es que tenemos seudo propietario ( solamente tiene boleto de compra venta) pero es ocupante hace muchos años debe expensas que no abona y ahora dado que su unidad tiene 5 ambientes alquila los cuartos a diferentes personas que van y vienen constantemente. Ademas ante la pandemia esto nos pone en absoluta vulnerabilidad, por favor necesito saber si esto es legal, dado que este edificio tiene unsolo objeto y es de vivienda no es para uso comercial.Agradeceria respuesta

publicado el 7-7-2020

quisiera saber si un edificio pequeño esta obligado a tener administrador, la anterior administradora renuncio, queremos cerrar la cuenta bancaria y nos dicen que no es posible, la anterior administradora no quiere cerrarla y a nosotros nonos dejan cerrarla por que nadie es administrador. Que se puede hacer en un caso así. Agradeceré su ayuda.

publicado el 7-7-2020

quisiera saber si un edificio pequeño esta obligado a tener administrador, la anterior administradora renuncio, queremos cerrar la cuenta bancaria y nos dicen que no es posible, la anterior administradora no quiere cerrarla y a nosotros nonos dejan cerrarla por que nadie es administrador. Que se puede hacer en un caso así. Agradeceré su ayuda.

publicado el 8-6-2020

Hola buenas noches. Mi nombre es mariana quisiera saber wue se puede hacer cuando el consorcio de mi edificio nos obliga a pagar las expensas y como nos las pagamos nos escracha x medio de carteles cuando no es necesario porwue uno ya sabe lo que debe.. pero en mi casa no tenemos trabajo hace 4 meses y lo poco q tenemos es para sobrevivir en mi casa.. que hago ante esta situacion, no nos pueden obligar a pagar algo que no podemos mas en este momento?

publicado el 19-5-2020

vivo en un edificio de 11 viviendas, tres de las cuales estan alquilando y adeudan 36700 El administrador nos cobra un aumento en nuestras expensas para compensar los deudores, es posible en la situacion actual esta actitud.

publicado el 16-5-2020

En el consorcio donde vivo, la cuenta bancaria está embargada, ya hace 3 años que está el mismo administrador pero aún no lo ha solucionado. Ahora, nos brinda un cbu para transferir las expensas a una cuenta, para evitar tocar efectivo dada la pandemia, pero resulta que cuando ingresamos el cbu, descubrimos que el titular de la cuenta es el mismo administrador. Nos brindó el cbu y cuit como que son del consorcio, pero en realidad pertenecen a él, es propia cuenta. Qué hacemos con esta trampa?

publicado el 16-4-2020

Buenas noches, quisiera saber si me pueden informar hasta que punto los integrantes del consejo de una PH pueden hacer uso del dinero de la expensas cuando quedan al frente de la administracion?? En el caso de la situacion que estamos pasando por la cuarentena, el consejo puede hacer reuniones y plasmarla en el libro de actas del consejo?? y si un miembro no participa de la reunion, puede anular la reunion?? ya que se hablaron temas de gastos y no esta de acuerdo.

publicado el 29-1-2020

Las pautas para la designación las fija el Consorcio (ello hace al derecho de propiedad), si bien *debiera* ser un propietario *no* es nula la designación de un inquilino. Saludos cordiales

publicado el 29-1-2020

Muchas gracias por su pronta respuesta. He visto el video recomendado pero en el no se aclara mi pregunta respecto al numero minimo y maximo de miembros del consejo y si existe alguna reglamentacion al respecto. Muchas gracias

publicado el 29-1-2020

Muchas gracias por su pronta respuesta. He visto el video recomendado pero en el no se aclara mi pregunta respecto al numero minimo y maximo de miembros del consejo y si existe alguna reglamentacion al respecto. Muchas gracias

publicado el 29-1-2020

Muchas gracias por su pronta respuesta. He visto el video recomendado pero en el no se aclara mi pregunta respecto al numero minimo y maximo de miembros del consejo y si existe alguna reglamentacion al respecto. Muchas gracias

publicado el 29-1-2020

Quisiera saber si un inquilino por mas poder que tenga ante escribano publico, puede ser miembro del consejo de propietarios. Existe un numero minimo y maximo de miembros del consejo? existe alguna duracion en el cargo? Estan reglamentadas estas cuestiones en alguna norma? muchas gracias

publicado el 29-1-2020

Hola Eugenia, Te sugiero ver el siguiente video con más información sobre el tema del Consejo: https://youtu.be/YpQpAgn6k4c Respecto a tu pregunta, las pautas para la designación las fija el Consorcio, si bien *debiera* ser un propietario *no* es nula la designación de un inquilino. Saludos cordiales

publicado el 29-1-2020

Quisiera saber si un inquilino por mas poder que tenga ante escribano publico, puede ser miembro del consejo de propietarios. Existe un numero minimo y maximo de miembros del consejo? existe alguna duracion en el cargo? Estan reglamentadas estas cuestiones en alguna norma? muchas gracias

publicado el 13-2-2019

Soy nuevo en el consejo de adminstracion del consorcio del edificio donde vivo. Quisiera me envien informacion sobre mis funciones y como puedo cubrirme si veo anormalidades en el funcionamiento??? Quizas todo esta correcto. Corro personalmente con alguna carga legal ?? Eso me preocupa. Me pueden enviar respuestas a mis preguntas por favor?? Donde puedo consultar sobre mis dudas?? Muchas gracias MI EMAIL [email protected]

publicado el 11-4-2018

Los integrantes del Consejo de Propietarios pueden sacar un seguro de responsabilidad civil. De ser así en que Cía.-

publicado el 12-3-2018

Misma pregunta quisiera hacer yo. Por tanto rogaría, de ser posible, se me envie la respuesta que le fuera enviada a la Sra Aurora. Lamentablemente no la encuentro en esta pagina. Agradecido de antemano....

publicado el 19-2-2018

solicito por este medio me informe si un personal de limpieza de edificio propiedad horizontal , tiene días por medico familiar un hijo mayor de edad, consulto esto dado que al portero de mi edificio le descontaron 5 dias que tomo por su hijo que estaba internado por que le robaron y le rompieron la cabeza undiendole la maza encefálica , el consorcio le descontó los días que falto, cuidando al hijo , se turnaba con la sra. para hacerlo, uno a la noche y el otro durante el día, espero su contestacion

publicado el 10-2-2018

El nombramiento del administrador se hizo en mi casa (me fue recomendado por el consorcio vecino) con 1 o 2 personas mas.No fue en Asamblea.A los 3 meses lo denuncie en el CGP por unas expensas vergonzosas, como de 1 borrador borracho y nadie me acompaña por desidia. Paso a judiciales, pero es 1 chiste. No paga los servicios,cobra un disparate. Me amedrento porque deje de pagar, pero mal. Tengo que hacer unos arreglos importantes de mamposteria y humedades graves, pero a pesar que hace 5 meses que logre que las viera y mandara 2 expertos no tengo novedad ni quiero tenerla. No son idoneos. Que hago SPI

publicado el 1-2-2018

hola. Vivo en un edificio de 3 deptos, yo estoy en planta alta. Uno al fondo y otro en planta baja Es decir al frente somos dos deptos. El gobierno de Caba nos intima a arreglar el frente . Deseo saber cual es la responsabilidad de cada uno. Si es igual para todos en el gasto. No tenemos consorcio. ni administrador ni expensas. Gracias

publicado el 23-1-2018

Mi consulta son las siguientes: Edificio ubicado en capital federal. 1 - Puede un propietario que alquila su dpto ser integrante del consejo (el propietario) ? 2 - El edificio es únicamente para vivienda y hay un dpto que es consultorio psicológico ? como a ante quien se denuncia dicho tema ? Aguardo la respuesta. Mil gracias. Atte.-

publicado el 16-1-2018

UN PROPIETARIO DEL EDIFICIO QUE SU PROFESION ES LA DE ADMINISTRADOR PRETENDE SERLO EN NUESTRO CONSORCIO?

publicado el 11-1-2018

como se destituye a un miembro del consejode adm?

publicado el 21-12-2017

Mi consulta es: el consejo de administración lo puede constituir inquilinos, familiares, deudores de expensas, o solos PROPIETARIOS, de no ser así, pueden usar alguna autorización del propietario????? Donde puedo baja el nuevo reglamento del código civil y comercial. Y por último como se elige el consejo de administración, se hace una reunión de propietarios y se eligen 3 o mas???? Gracias

publicado el 11-12-2017

Quisiera saber si el administrador (no es consorcio, porque aun los propietarios no tenemos el titulo de propiedad solo el boleto de compraventa y el inmueble sigue siendo administrado por la empresa constructora) puede realizar arreglos y/o limpieza del inmueble sin consultar con los propietarios, siendo que son gastos excesivos (cuento con un presupuesto del trabajo realizado que es considerablemente menor al detallado en las expensas por la administracion).

publicado el 7-12-2017

Hola mi consulta es porque el administrador del consorcio me envió 2 cartas documentos, en las cuales sin especificar quienes realizaron las quejas hacia mi persona por ruidos molestos (solo un día) y por no llevar a mi perra por el ascensor de servicio aduciendo a advertencias verbales que no existieron y pretende cobrarme las cartas documentos, le aclaro que son solo advertencias, corresponde que las pague? e incluso las puso dentro de las expensas comunes, entiendo que en una asamblea se decidió que sea así, es una advertencia de que de seguir con mi comportamiento se aplicaría una sanción ya no es una sanción el hecho de querer cobrarme

publicado el 1-12-2017

Un matrimonio propietario de una unidad funcional pueden ser ambos miembros del consejo siendo que solo son ( ellos dos ) y un tercero dueño de otra unidad funcional ???

publicado el 1-12-2017

Buen dia Alicia, sería bueno que integres el consejo de administración o como se llame ahora, no toda la gente es como vos pensas, al contrario es gente que se ocupa sin ninguna retribución y aveces los vecinos ni siquiera respetan su intimidad, molestandolos permanentemente. No todo es tan negro como lo ves. Desde la crítica nada constructiva de tu parte no resolvemos nada. Pensalo e involucrate.

publicado el 4-11-2017

yo vivo en un barrio que se rige por la ley 13512,mi pregunta es; que valides tiene el consejo de administración que suspende las elecciones porque había una sola lista, y asumieron una entre gallos y medianoche?pero nombraron una administradora ,muchos del consejo renunciaron, pero la administradora hace juicios ,cobra y otras cosas

publicado el 31-10-2017

Por favor, puede asesorarme cuál es el costo aproximado de una mediación entre propietario y administrador luego de que el primero ha enviado carta documento? Soy la propietaria y mi abogado aconseja,mediación, ya mañanaque no respondió la intimacion

publicado el 2-5-2017

Verónica, buenas tardes. En respuesta a tu pregunta. Hay una decisión en el Libro de Actas que determine esta costumbre? Buen tema para la próxima Asamblea, hay que hablarlo y decidir.

publicado el 23-4-2017

El inquilino, solovdebe abonar las exoensas comunes, las expensas extraordinarias las debe abonar el propietario del inmueble. Espero le sirva de ayuda. Gracias.

publicado el 19-4-2017

Buen día ,quería saber si esta bien que el administrador -propietario avisa las reuniones de consorcio por mail.No debería ser escrita ,por que la gente grande no accede a la compoutadora? Espero du respuesta

publicado el 8-3-2017

Estimados, esta reforma del código civil que crea esta figura del "Consejo", es para provincia de Bs. As., según me parece, ya que aquí estamos regidos por otras, o podemos valernos de esto a nivel de CABA? Gracias Pablo

publicado el 8-3-2017

Hermano, en la próxima asamblea donde se designe el nuevo consejo de propietarios, incluite en el mismo y no quejarse. Yo hace muchísimos años que estoy en el Consejo de Propietarios antes llamado De Administración, en donde vivo, y prácticamente todo pasa por mí. Me paran en los pasillos y se quejan de todo. Lo que corresponde y lo que no corresponde. Todos quieren que el Consorcio arregle sus deptos aunque no le corresponda. En mi caso, los consorcistas se quejan a mi pero a la administradora ...le sonríen... Te comento que estoy en otros 3 edificios también y es una ardua tarea que hago para defender "mis intereses". cle

publicado el 27-2-2017

BUENOS DIAS, LES CONSULTO, YO VIVO EN UN BARRIO PRIVADO QUE SE RIGE POR EL REGLAMENTO DE CONSORCIO PARCELARIO Y ES COMO UN PH. TENEMOS REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA CUALES SON LAS ACCIONES SANCIONABLES Y CUALES SON LAS PENAS. LA PREGUNTA ES SI LA COMISION DIRECTIVA PUEDE MANDAR DIRECTAMENTE UNA MULTA , O DEBE PRIMERO NOTIFICAR. ESTANA PROBADOS REGLAMENTO INTERNO , ESTATUTO, TODO POR ASAMBLEA.GRACIAS. GENERAL ROCA-RIO NEGRO

publicado el 24-2-2017

Es Consejo o Concejo ??? El Concejal de la Ciudad forma parte del Concejo, no da consejos. En fin, una duda semántica.

publicado el 9-2-2017

Para Incluir en el orden del día un tema que el consejo de administración no quiere modificar, ¿es suficiente con presentar al administrador directamente una nota firmada por el 30% los propietarios solicitando una asamblea extraordinaria para tratar el tema , aunque los miembros del consejo lo desaprueben?

publicado el 1-2-2017

Quería consultar si un edificio nuevo de hace pocos meses que todavía no tiene un final de obra y por ende nadie escrituro y no hay un Reglamento o contrato formalizado, puede tener un consejo de propietarios creado por pocos sin votación de todo el edificio?

publicado el 16-1-2017

Sres: En mi edificio se encuentra en una situacion que el consejo de administracion uno de ellos en teoria no figura como dueño pero si su mujer, y como en teoria se mudarian mi pregunta seria si al no vivir en el edificio puede seguir en el consejo o solicitar su reemplazo por parte de la administradora o se requiere de una asamblea y/o solucion al respecto

publicado el 5-1-2017

arbritariamente el consejo ordeno que no se climatise mas la pileta porque hace mucho calor. sabemos bien que el agua si no se le da ese toque de calor, no digo que esta fría, pero no esta agradable,,,yo con tres stens y parkinson lo siento mas, pero mi pregunta es , si busque un dto, con esas particularidad porque no puedo usarla, hasta donde puedo llegar con mi reclamo, si puedo reclamar agradezco su grata respuesta, atte Carlos

publicado el 28-11-2016

Buenos días, en nuestro edificio hay un consejo de Administración que ha influido entre los pocos propietarios que concurren a la asamblea para la elección de una Administradora, que si bien no es mala en su proceder esta muy presionada por un Consejo que se creen los dueños del edificio y presionan a la misma para actuar en perjuicio de otros propietarios como yo que no aceptamos todos sus caprichos. Con la nueva ley, como me defiendo como propietario ante un Consejo barra brava y una administradora sumisa a sus ordenes? puedo pedir yo propietario comun, el libro de actas para controlar las decisiones y controlar los gastos del consorcio?

publicado el 16-11-2016

Estimada Dra. Quería consultarle respecto a lo siguiente. Vivo en un consorcio donde se nos ha pedido a cada propietario pagar las expensas acumuladas de varios meses y nos han llegado todas juntas porque según lo que nos indica el administrador, recién en el mes noviembre han podido arreglar deudas pendientes según ellos con el fiduciario que es el Banco Hipotecario del programa PROCREAR. La consulta es la siguiente. Como fiduciantes que aun no tenemos escritura en mano ni reglamento de copropiedad y administración en vigencia..debemos pagar en este momento todas las expensas acumuladas o quien debe pagarlas? Muchas gracias y saludos.

publicado el 14-11-2016

los mienbros del consejo de administracion , segun la nueva ley , cuanto tiempo pueden ejercer su mandato.¿Pueden ser elegidos varias veces seguidas ?

publicado el 9-11-2016

Los habitantes de UF , que no son propietarios, pero si apoderados , o que tienen el uso y usufructo de la UF pueden formar parte del consejo de propietarios y firmar cheques en conjunto con la administración?

publicado el 25-10-2016

Dra.Loisi Mi pregunta es por reclamo de partes comunes al edificio- consorcio por destapaciones de cañerias dentro del baño del departamento. Son cañerias de desague dentro del inmueble. El reglamento dice que son comunes toda cañeria de desague que comunica al edificio. La administradora ha facturado al propietario el trabajo de destapación sin previa comunicación. El Codigo Civil tambie´n hace mención a parte común.en su art. 2041 inciso f ). Aguardo su respuesta y le agradezco su atención. Silvia M.

publicado el 21-10-2016

Vivo en planta baja, no tenemos gas, como tengo patio quieren pasar los caños por el patio. Para hacer la sala de medidores y sacar caños, lo hicieron por mi patio., porque estaban en la ventilacion del sotano que da justo en mi patio. Ahora por una de las paredes quieren pasar los caños. Yo puse un techito de chapa bien colocado, quedó abierto el patio.Ellos quieren sacarlo y hacer todo por mi patio. Para el arreglo anterior me dejaron 3 meses barada en mi casa.Yo trabajo, tengo algún artículo que me defienda. Si bien es pulmon de manzana es de uso exclusivo. Pueden pasarlos los caños por los pasillos? Debajo de ese techo tengo mi lavarropa

publicado el 27-9-2016

Quería saber si en el consejo de administración de un edificio hay 3 propietarios. Alguno de ellos puede considerarse presidente del Consejo? O el presidente del Consejo es el administrador?.gracias

publicado el 16-9-2016

Si un miembro del Consejo no cumple con las disposiciones internas ya que tiene varias faltas incurridas se puede pedir la destitución del mismo debido a que no es un ejemplo a seguir por el resto de los ocupantes del edificio ?? Como debe ser su conducta????

publicado el 5-9-2016

en la ultima asamblea ordinaria ) asistimos solo 6 de un total de 23 ( nadie se postulo para el consejo. el suscripto esta desde hace 4 y estoy totalmente descontento con la gestion de administrador ,y, renuncie lo mismo que los demas, pero nunca juntamos los votos necesarios para su desplazamiento. hoy no existe consejo de propietarios, el administrador hace y deshace como le parece, no controla ( desde nunca pese a avisos reiterados ) al sr encargado y nunca, pero nunca, aparece por el edificio sino a traer los papeles para el cobro de expensas. hay algo que se pueda hacer?

publicado el 31-8-2016

integro el Consejo de Administracion con otros dos propietarios. mi pregunta es como debo hacer para renunciar al mismo. , ya que la proxima Asamblea se hara en unos meses. Puedo renunciar por medio de una carta documento o un telegrama???

publicado el 6-8-2016

Hola! No me queda claro qué repercusiones puede tener el Consejo si la Administración no ejerce como debe. Además, me gustaría saber qué poder de decisión tienen los administradores respecto a una reapareción/modificación que suponga un gran desembolso económico para el Consorcio si éste no cuenta con un Consejo de Propietarios. Gracias

publicado el 5-8-2016

Buen dia , estoy como delegada de una amiga en un edificio y encuentro que la Administradora es residente, no entrega informacion completa de los estados financieros especialmente detalle de cartera, donde se evidencia que ella debe 6 meses. Se nombro nuevo consejo yo recomende que quedara alguien d consejo anterior y ella por conocer el movimiento de pagos e ingresos tambien quedo,El propietario que yo represente quiere que le siga apoyando en el consejo, siendo el propietario el designado para consejo, pero puedo como delegada seguir en consejo. Podemos sacar a esta sra por deber cartera de 6 meses.

publicado el 17-7-2016

Buenas noches, necesito saber si el Consejo de Propietarios por el nuevo Código también responde con el patrimonio de cada uno de sus miembros a la par de Administrador. Un edificio puede funcionar sin Consejo? Desde ya muy agradecida

publicado el 29-6-2016

Hola, formo parte con 5 propietarios mas del consejo para con el administrador, vivo en la pcia de Bs As, actualmente heredamos la gestion del administrador anterior, obvio, nos dejo en cero todo falso papeles, facturas, pagos del "afip", sellos, es impresionante. Quisiera saber si podriamos todos los propietarios hacer algo para que este "Señor" no engañe mas a la gente. Gracias

publicado el 16-6-2016

Vivo en ph de un barrio semi cerrado con particularidades 7 UF son lotes externos y 16 lotes internos los desarrolladores no terminaron la obra, lo que perjudica a la mayoría de los lotes internos, ya que no pueden pedir los servicios, los lotes externos tienen todos los servicios El reglamento de copropiedad es confuso el ph fue aprobado ilegalmente. La ley no habla de estos casos, la nueva administradora no respetan el reglamento y no detalla lo que cobra en expensas, los lotes externos nos vemos altamente perjudicados y como somos minoría nunca logramos poder hacer valer nuestros derechos, donde podemos recurrir? cdad la plata gracias

publicado el 2-6-2016

Disculpen, envíe una CD al Administrador porque no realiza la Asamblea Anual desde el 2013, tengo entendido que el Pte del Consejo de Adm renuncio por problemas de salud, la Encargada debería estar jubilada, las Liquidaciones no son claras (ej, no tienen nºde factura y otros errores) Donde denuncio a la Administración y/o puede asesorarme al respecto? Aun restan varias irregularidades, pero seria transcribir la CD. Gs

publicado el 23-5-2016

tengo un local en un edificio donde hay otros locales no tenemos gas ni medidores tampoco tenemos agua corriente en el reglamento de copropiedad nada dice de los gastos de gas para los locales-cortaron el gas y el administrador nos esta cobrando proporcionalmente la obra nueva de gas y nos dice que tampoco podemos tener el servicio donde se puede consultar hace 8 años que no nos reparan la escalera mecánica ni hacen obras se puede hacer algún reclamo por discriminación -muchas gracias

publicado el 23-5-2016

tengo un local en un edificio donde hay otros locales no tenemos gas ni medidores tampoco tenemos agua corriente en el reglamento de copropiedad nada dice de los gastos de gas para los locales-cortaron el gas y el administrador nos esta cobrando proporcionalmente la obra nueva de gas y nos dice que tampoco podemos tener el servicio donde se puede consultar hace 8 años que no nos reparan la escalera mecánica ni hacen obras se puede hacer algún reclamo por discriminación -muchas gracias

publicado el 18-5-2016

Mi consulta es: un propietario familiar del encargado del edificio puede integrar el consejo de administración?

publicado el 6-5-2016

En mi edificio tengo el mismo problema, que se puede hacer? El edificio esta en estado de abandono, no se le hacen mejoras, se dilapidan los fondos en arreglos sobre valuados los cuales no se controlan, se hacen mal o a medias y los abonan igual, y pese a los innumerables correos y llamados al administrador y al consejo se llaman a silencio. Cuando hay una reparación en alguno de los departamentos de los del consejo, allí si que se le da prioridad. Saludos.

publicado el 20-4-2016

Me acabo de asociar, Espero confirmación URGENTE. Mi pregunta (importantísima) es si -en alguna circunstancia de litigio- dicha entidad deberá responder con sus bienes. Actualmente soy miembro de esa comisión junto con otros dos propietarios. habrá una nueva Asamblea, en la cual los mencionados quieren renunciar debido a esta resolución que, según ellos, figuraría en los nuevos textos. Agradeceré Rta urgente!!!!! La Asamblea es "M A Ñ A N A". ¡GRACIAS!

publicado el 19-4-2016

quisiera saber si un arreglo total de la terraza ,de la cual se resolvio x 5 meses pagar una cuota extra ,las misma tienen que ser iguales o se hace x metro de cada dpto ?ya que es un trabajo edilicio

publicado el 18-4-2016

Buenas tardes: soy propietaria de un dpto quisiera formar parte del Consejo de administración: -quisiera saber que tan cierto es que ante una situación grave uno debe responder con sus bienes? -es ético que la empresa, de un propietario que integra el Consejo de administración, haga trabajos en el edificio cuando hay sospechas de sobre-precio?? Gracias.

publicado el 22-3-2016

Marcela. Ordinaria una en la cual se presenta el balance anual. Luego se puede convocar a extraordinarias puntualizando los temas a tratar. Saludos

publicado el 19-3-2016

ASAMBLEAS ORDINARIAS. CUANTAS ASAMBLEAS SE DEBEN HACER POR AÑO. MI ADMINISTRADOR DICE QUE EL TIENE LA OBLIGACION DE HACER 1 SOLA POR AÑO Y SI NOS GUSTA BIEN Y SI NO TAMBIEN. GRACIAS.

publicado el 22-2-2016

Les agradecere que me informen si tienen en venta bibliografia referente a obligaciones y derechos de los integrantes del Consejo de Administracion. Gracias.

publicado el 9-2-2016

Dra. tengo una consulta. En caso de que la rendición de cuentas de las administradora no sea aprobada por la asamblea general de propietarios, el nuevo consejo, puede realizar una auditoria sobre la misma? Está facultado para esto de acuerdo a las disposiciones en el nuevo CCyC de la Nación?.

publicado el 21-1-2016

El nuevo código en su art. 2060, en vez de hacer un favor a mejorar los derechos del propietario consorcista, lo está dejando en manos del abuso de poder de unos pocos que permanecen como Consejo de Administración facilitándoles más el dominio que tienen sobre los Administradores, elegidos especialmente de acuerdo a su capacidad de maniobra. En un Consorcio de 240 propietarios, un pequeño grupo de 4 a 8 junto con el Administrador de turno, pueden llegar a hacer estragos. Y no hay tribunal que garantice una defensa genuina del propietario como individuo que puede estar sujeto a múltiples y pequeñas vejaciones.

publicado el 19-1-2016

Estimados: Mi pregunta es: cómo se hace para renunciar al consejo de administración ?. Gracias

publicado el 20-12-2015

Quiero saber con el nuevo código de administración del 2015.que obligaciones Cumple ante una demanda al consorcio.el consejo de administración.y si es real que para ser integrante del consejo debo presentar fotocopia de mi escritura y hacerme cargo de la demanda.esto nos informó la administradora ahor

publicado el 15-12-2015

En un edificio de departamentos es necesario que funcione un Consejo de Propietarios o es suficiente con la formación de una comision consultora formada por propietarios para el nexo entre la Adminisstracion y los copropietarios. Existe como figura esa comision con el nuevo codigo civil? Muchas gracias saludos Maria

publicado el 21-10-2015

quisiera saber si una persona que no es propietaria puede formar parte del consejo de administración. el inmueble figura a nombre de la madre, gracias

publicado el 21-10-2015

Se debe presentar declaracion de Bienes y ganancias para pertenecer al consejo de Propietarios? a quien se presenta? cuando? Gracias

publicado el 19-10-2015

buenas tardes, vivo en un sexto piso de un departamento del Barrio Gral Savio, justamente arriba en el 7, mis vecinos pusieron hornos y heladeras industriales, preparan comidas rapidas con delivery, cosa que esta prohibido, ya que no se pueden usar los departamentos con otra finalidad que no sea la de vivienda. Esto ocasiono que el edificio se inundara de cucarachas por la total falta de higiene, me han estropeado la cocina, porque descongelan la heladera, se inunda su cocina y filtra el agua al techo de la mia, hice denuncias en el 147, bromatologia, fiscalia y nadie me escucha, no quieren arreglar mi departamento ni permiten la entrada.

publicado el 16-10-2015

Tenemos un propietario que desde la inauguracion del edificio ha tomado por propios 3 espacios de la cochera, alquilandolos por su cuenta como tales y no siendo de su propiedad y no siendo cocheras sino espacios para maniobras. Inclusive ha querido venderlos y por supuesto no ha podido por no tener constancia de ser el propietario. La gente del edificio lo toma con total indiferencia ya que muchos tienen cosas que esconder, pero este señor nos esta robando y usurpando algo que no le pertenece. Que acciones se puede tomar al respecto ???? muchas gracias Eugenia Farina

publicado el 29-9-2015

Existe todavia la Norma Iram 65.004? En esa Norma habia requesitos para integrar el Consejo, las mismas era ser propietario, vivir en el edificio y no tener deuda con el consorcio. En algunos Reglamentos de Copropiedad se incluia estas exigencias. Las atribuciones eran medidas, no podian manejar dinero, las decisiones que podian tomar eran si no estaba el administrador, no podian actuar en nombre del administrador ni del consorcio. Todo esto sigue vigente o el nuevo Código lo cambio? Gracias por la atención. Hubo algún otra cambio sobre los consorcios o administraciones en el nuevo Código. Donde puedo conseguir el texto completo.

publicado el 29-9-2015

El artículo me parece muy bueno y necesario. Necesitamos más. Hay muchos puntos que los propietarios ignoran, conciente o inconcientemente. Y los administradores se guardan bien de aclarar. Agradezco que nos abran los ojos. ¿Hay número mínimo para formar el Consejo? Idem con la validez del Reglamento, algunos ni saben que existe.Reitero agradecimiento.¡Adelante !

publicado el 29-9-2015

Realizaré un comentario con relación a las disposiciones vigentes. 1. La ASAMBLEA DE PROPIETARIOS es "SOBERANA" por lo tanto sus decisiones debe ser respetadas por todos los propietarios, entre ellas las de ratificar o remover a la Administración. 2. El CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN tiene como función y obligación indelegable "CONTROLAR AL ADMINISTRADOR", por lo que jamás debe haber "CONNIVENCIA" con el Administrador. Si se da lo contrario la Asamblea debe proceder a su inmediata remoción. 3. El ADMINISTRADOR responsable tienela obligación de rendir anualmente cuentas de ingresos y egresos del Consorcio. Atte.

publicado el 29-9-2015

Excelente aclaración.Porque desde el sector asegurador se dió a entender que la función era compartir la responsabilidad del administrador casi solidariamente. En mi doble función de administradora y productora de seguros,agradezco la aclaración Saludos

publicado el 23-9-2015

Estimados, Hace dos años que tengo humedad en mi departamento. La administración de consorcio envía personas para presupuestar pero no hacen el arreglo. Ya hice varias citaciones para mediar pero no sin resultado. En este caso es mandatorio que se hagan cargo del arreglo o debo pagarlo yo? Gracias

publicado el 22-9-2015

Hola!! Me dijeron que los miembros de consejo pueden tener problemas judiciales según la nueva ley, esto es así? que clase de problemas? La pregunta va porque entiendo que solo pueden controlar al administrador pero no ejecutan, es así?

publicado el 18-9-2015

Pregunto si con el nuevo código el consejo es solidariamente responsable de algún problema o juicio contra el edificio. Pregunto esto porque me entere que algunos edificios quedo con el consejo acéfalo.Muchas gracias

publicado el 18-9-2015

quiero saber a que estan expuestos los miembros del consejo,con el nuevo codigo civil

publicado el 16-9-2015

Hola!! Queria saber cual seria la responsabilidad del consejo de administradores y del consorcio con el nuevo codigo, es solidaria?

publicado el 16-9-2015

Cual seria la responsabilidad del consejo de administración y del consorcio con el nuevo código. Es Solidaria?

publicado el 13-9-2015

A mi tampoco.

publicado el 8-9-2015

En mi edificio renunció el Consejo de Propietarios, según ellos con el nuevo código civil, en determinadas situaciones responderían con su patrimonio, con esta afirmación, ningún propietario quiere formalmente conformar el Consejo de Propietarios, esto es así?

publicado el 21-8-2015

Integro junto a otras 2 personas el Consejo de Administración, en un consorcio de 22 unidades. A diferencia de las consultas anteriores, y dado que asumo ser una persona honesta, quisiera conocer el grado de responsabilidad civil y comercial personal que he asumido tanto por falencias eventuales en el tema seguridad, como errores u omisiones en el orden financiero/contable del Administrador o por quebranto ante la falta de pagos de expensas o servicios de dicho consorcio.

publicado el 21-8-2015

Integro junto a otras 2 personas el Consejo de Administración, en un consorcio de 22 unidades. A diferencia de las consultas anteriores, y dado que asumo ser una persona honesta, quisiera conocer el grado de responsabilidad civil y comercial personal que he asumido tanto por falencias eventuales en el tema seguridad, como errores u omisiones en el orden financiero/contable del Administrador o por quebranto ante la falta de pagos de expensas o servicios de dicho consorcio.

publicado el 21-8-2015

Contrariamente a lo que expresan los consultantes anteriores, soy uno de los 3 integrantes del consejo de propietarios, de un consorcio "pedorro" de 22 unidades fuimos nombrados porque nadie quería comprometerse a nada. en mi caso soy una persona honesta y derecha y la pregunta es: cual es el grado de responsabilidad, y que riesgos económicos y civiles asumen los integrantes del consejo ante eventuales accidentes, quebrantos del consorcio u fallas en la administracion del mismo. ya sea por negligencia u omisión del Administración

publicado el 19-8-2015

Por lo leído, no cambió mucho xq el supremo es el reglamento de propiedad.En mi caso en la última asamblea, nos mandaron copia con 1 solo consejero y de las otras 2 personas presentes, q kerían estar pero siempre y cuando no estuviera "ESE", ni las nombraron las administradoras.Hoy tengo un conflicto a resolver en mi depto, se emperraron x fotografiarles yo las impericias de su plomero, y me piden q yo busque pintor y carpintero (sintetizo) tengo pero sin factura, eso les correspoonde a ellas!.Alguien sabe como hacer para q ellas se hagan cargo si o sí! No soy morosa y ellas cobran Honorarios! A punto de operarme iría al CGP p q intervenga!

publicado el 13-8-2015

El Fideicomiso es la figura legal vigente, previa conformación legal del CONSORCIO. Por ende ellos son los únicos con facultades para contratar al administrador "interino" hasta que se efectivice el Reglamento de Copropiedad y Administración!

publicado el 13-8-2015

Siempre será el Adminsitrador ya que su figura legal es "Representante Legal", mientras que el Consejo de Propietarios es solo eso, un Consejo de personas. El nuevo Código Civil es claro en este punto.

publicado el 13-8-2015

Por regla general NO. Sin embargo cada día es más notorio como los contratos los obligan a pagar ambos conceptos. Pero NO, los propietarios deberían hacerse cargo de esos gastos!

publicado el 13-8-2015

Lo estipula en el Reglamento de Copropiedad y Administración del mismo consorcio.

publicado el 13-8-2015

NO. No se harían cargo de nada. Por eso, que tengan facultades para tomar una decisión sin la necesidad de hablar con el Administrador es muy malo, ya que será la cabeza del Administradora por decisiones malas o fraudulentas del Consejo!

publicado el 13-8-2015

Ninguna.

publicado el 13-8-2015

Acabo de regresar de una Asamblea a la que fui invitada y DEFINITIVAMENTE eran Barrabravas! La gente terminó haciendo lo que ellos les informaban! Cambiar de Administradores 3 veces en dos años y cada uno dejaba una deuda más grande! Realmente de terror!

publicado el 6-8-2015

Estoy totalmente de acuerdo, en un pequeño departamento (que administro) situado en un edificio, administrado por un Consejo y un Administrador que no solo arreglan departamentos de los que forman el Consejo sino que NO realizan los arreglos fundamentales Si bien tiene que estar formado (el Consejo) por propietarios? que pasa si el dueño no puede, (vive en el extranjero), no puede (esta enfermo o es muy mayor) y muchas otras alternativas que pueden darse en la vida. Gracias por leerme

publicado el 5-8-2015

Los consorcistas no podemos estar en peor situación. Los consejos de administración (ahora de propietarios) , en su gran mayoría, son verdaderos “barrabravas” dentro de los consorcios, “adhieren” a las “travesuras “ del administrador de turno y logran tener su depto en perfecto estado (y demas) Ahora cambiará algo? Puede ser, pero de una sociedad corrupta nada bueno se puede esperar. Los administradores, agradecidos.Quéconocimientos pueden tener la mayoría de los integrantes del famoso consejo? con el administrador pueden disponer de los fondos de reserva? cómo disponen del dinero ajeno? para pensar, no?

publicado el 3-8-2015

Los integrantes del consejo de administración, ante cualquier falencia administrativa del administrador por no presentar gastos o resúmenes bancarios, y por falta de control del consejo, este se hará cargo con sus bienes particulares de cada uno de sus integrantes?...Gracias

publicado el 3-8-2015

Pare los consejos de propietarios existe un numero minimo o máximo de integrantes. y algún tiempo limitato para su permanencia. Atte

publicado el 2-8-2015

llamen a una reunion o asamblea de propietarios y con mas del 80% de los propietarios pueden elegir nuvo administrador

publicado el 2-8-2015

No me quedó claro cuales son las " penalidades " que puedan tener los miembros del consejo de consorcistas. muchas gracias por su atención

publicado el 2-8-2015

El inquilino debe pagar las expensas en su totalidad, comunes y extraordinarias? gracias

publicado el 1-8-2015

Consulta. Vivo en provincia de Buenos Aires, en Ramos Mejia, partido de la Matanza. Somos un consorcio de 8 unidades funcionales. Deseo me aclaren si nos tenemos que regir por la ley LEY 14701 de la provincia de Bs As la cual no esta reglamentada en nuestro partido, solo se encuentra reglamentada en los partidos de Vicente Lopez y Tigre. O la LEY 13.512 - Régimen de la Propiedad Horizontal nacional y si nos afecta en cualquiera de los casos la entrada en vigencia del nuevo codigo civil a partir del 01-08-2015. Desde ya muchas gracias.

publicado el 31-7-2015

Hay un administrador nombrado por lo tanto es el responsable de dar cumplimiento de tener en orden todo lo que Ud detalla ,todo lo nombrado pertenece a gastos comunes por lo que debería ser a cargo del consorcio,por lo gral todo debería estar correctamente instalado,de no ser así el administrador debería dar cumplimiento obligatorio,y los consorcistas deberían presentar ante la justicia para determinar a cargo de quien son los cargos a devengar

publicado el 30-7-2015

Tenemos una Administrador que fue nombrado por la constructora el 12-10-2013, dicho administrador nunca reclamo a la constructora por las falencias existentes a pesar que se lo hemos pedido a saber_ pasamano en rampa para discapacitados; señalización con pintura amarilla y cintas antideslizantes en escaleras pues tengo entendido le corresponde a la constructora; las mangueras hidrantes un par tienen deficiencias y eso es responasabilidad de la constructora y pretende que lo pague el consorcio; el landry no funciona pues al prenderse el lavarropas saltan las termicas, falta la pileta y mesada en el lavadero; etc lo pedimos en acta y no cumplio

publicado el 29-7-2015

No se en detalle cual es el criterio empleado para el control de las actividades del Encargado de su edificio.. simplemente digo hay una planilla de horarios firmada? ... quien/es del consejo o de lso propietarios lo controlan? OJO no digo que le ordenen... Se le avisa al administrador ?? el Encargado cumple con lo estipulado en el CCT mas las ordenes que particularmente se le dan por escrito??,..... si no es asi...seria conveniente hablar ... y poner las cosas mas claras, tomar decisiones y/o consultar a un abogado laboralista, no falla solo el encargado la culpa no la tiene el chancho sino quien le da de comer..

publicado el 27-7-2015

Los derechos y obligaciones del portero están en la ley de contrato de trabajo, si no cumple con sus tareas, se lo apercibe y si reincide se lo suspende; si a pesar de estas sanciones no cambia su comportamiento, solo queda el despido. Ademas sería útil que las instrucciones acerca de sus tareas se la de el Administrador por escrito en el Libro de Ordenes y no cada propietario.

publicado el 25-7-2015

Es veridico que los integrnates del Consejo de Administracion responden con sus bienes ante algunas situaciones? lo expresa en alguna articulo del Nuevo Codigp. El nuevo código hace mención a los poderes que se dan a propietarios para las Asambleas?

publicado el 25-7-2015

Pregunta:1) Si no se renuevan los consejos , los que están, siguen vigentes? el consorcio queda sin consejo si es que no se eligió uno nuevo?. Sé que tienen que estar x un año, pero en mi edificio todos hacen lo que se les dá la gana. Pregunta 2) Si en una asamblea, la esribana se olvida o pone a medias lo que pasó en el acta y pasaron casi un mes, podemos reclamar? nos cobra de nuevo o hay que hacer otra asamblea? Espero su respuesta, GRACIAS

publicado el 22-7-2015

Estimado, soy inquilina y si bien podrian no importarme (igual sí me interesan) el bienestar d la propiedad en las asambleas no solo se tratan temas pertinentes a la propiedad sino tmb servicios q indefectiblemente el inquilino paga y utiliza. La propietaria me ha cedido los derechos para representarla ya que ademas el bienestar d la propiedad que no es mia me termina beneficiando o perjudicando x habitarla. Creo q los inquilinospodemos complementar las visiones del resto d los habitantes del edificio. Saludos cordiales.

publicado el 21-7-2015

Respuesta para Ana María que escribió el 17 de Julio. Todos los propietarios estaban presentes en la Asamblea? Porque se toman los votos de los presentes una vez que ésta está declarada válida. Si 11 fueron la mayoría entonces es así, nos guste o no. Quiero saber lo siguiente: Todos los propietarios fueron convocados a la reunión en tiempo y forma? Cuantos estaban presentes? Gracias Ana María. Un cariño para ti.

publicado el 19-7-2015

Comparto la opinión del lector Eduardo Narvaez de fecha 16/07/15. Publicar las respuestas daría un contorno jurídico-legal al planteo hecho por cada lector, como asimismo una mayor calidad a la página "LIGA DEL CONSORCISTA". Agradecería que a la mayor brevedad implementen el sistema.

publicado el 17-7-2015

Soy del Cons. de Adm. del edificio donde habito, y me interesaría recibir este boletín de informaciones, es muy interesante

publicado el 17-7-2015

si,en el consorcio,presento una nota a todos ,la administradora,renunciando,y a su vez dos propietarios,se nombraron administradores del consorcio,por votos de 11 propietarios,somos 34,es decir ,que e3l resto ,no voto,creo ,que estamos en la ilegalidad ,no se ha hecho,la renuncia ,como corresponde y asumir de esta manera ,no corresponde,piden que paguen las expensas al contado,no tienen acceso a la cta del consorcio,ya que la administradora ,no la entrego,todavia,supongo ,que es hasta que se proceda en legal forma ,que como procede???,muchas gracias,atte.ana maría grosso

publicado el 16-7-2015

Dra. Loisi, así que esté en vigencia el nuevo Código, por favor, indiquenos un link donde podamos estudiar lo referente a la Propiedad Horizontal. Muchas gracias!

publicado el 16-7-2015

Sr. Ricardo Morales, el inquilino está en el Consorcio como consecuencia de un acuerdo entre partes (contrato) por lo tanto no es propietario de la UF. ni de las partes comunes. No podría ser parte del Consejo de Propietarios por no poseer la cualidad de tal. Eso no quita que no se le consulte, que las ideas o soluciones que ofrezcan puedan resultar brillantes y que debe ser tratado con respeto y tomado en cuenta. Pero juridicamente que interés va a defender si no posee la propiedad en cuestión??

publicado el 16-7-2015

Estimado! Eso lo hacen porque el administrador lo permite. Nosotros teníamos el mismo problema. Cambiamos el administrador, ampliamos el número de integrantes del consejo y santo remedio. Saludos.

publicado el 16-7-2015

me pueden decir porfavor como hacer en en consorcio donde las propiedades fueron entregadas por el FONABI y en donde la administracion esta integrada por vecinos que no cumplen con ninguna regla legal y casi nadie paga expensas y hay gente que nunca pago las cuotas al FONABI y no les remataron la propiedad. y no respetan codigos de convivencia...

publicado el 16-7-2015

Me parecio excelente la explicacion de la Doctora Loisi,pero me gustaria que se publicaran las respuestas a las preguntas que se hacen ya que se esclarecerian muchos temas que atraviesan los consorcios Gracias

publicado el 16-7-2015

De donde surge que los integrantes del Consejo de Administración responden con sus bienes ante alguna situación. Lo dice un artículo del nuevo Código Civil que todavia no está implementado. Gracias por su respuesta. Cordialmente.

publicado el 16-7-2015

Buen dia, me interesaria saber si la nueva Ley contiene algo de los Porteros, mal llamados Encargados, ya que creyendose los dueños del edificio, cumplen el horario que quieren, hacen lo que quieren, no limpian, y si un Propietario ledice algo salen corriendo al gremio y mandan Carta Documento porque se siente perseguido...Y nosotros los Propietarios nos sentimos "robados, estafados, etc,etc,etc". Tiene la nueva Ley algo con respecto a los limites claros y concretos mas las obligaciones que deben cumplir, como las sanciones. Si esperamos del Administrador que tome cartas en el asunto estamos perdidos. NUNCA HACEN NADA C/ EL PORTERO.

publicado el 16-7-2015

Maria Ana, te ofrezco me llames y conservamos una entrevista, tu problema tiene una solución rápida, 3530-8156 Soy administrador egresado de esta liga. Saludos

publicado el 15-7-2015

ME PARECE EXCELENTE QUE AHORA CONSTE EN LA REGLAMENTACION LA EXISTENCIA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION O PROPIETARIOS. CREO TAMBIEN QUE MIENTRAS MAS PROPIETARIOS LO INTEGRE MAS DEMOCRATICO SERA. DONDE VIVO NOS LLEVAMOS TODOS LOS PROPIETARIOS MUY BIEN Y PRIMA LA SENSATEZ Y EL SENTIDO COMUN...CLARO QUE HAY QUE SABER EXPLICAR Y SABER ESCUCHAR...PERO ENTENDERSE ES POSIBLE Y NOSOTROS LE INDICAMOS AL ADMINISTRADOR LO QUE PRETENDEMOS Y HASTA LE ACERCAMOS PRESUPUESTOS DE TRABAJOS. DIALOGAR ES CONVIVIR.

publicado el 15-7-2015

Mi duda es si un propietario que no vive en el edificio puede integrar el consejo de propietarios? El administrador debe,, en caso de requerirle un propietario, informar lar reuniones con el Consejo para que el propietario interesado pueda asistir para informarse , aun cuando no tenga voto. Ahora los consejos tienen mas facultades, como romper la tradición que ha mostrador que muchas veces el consejo o alguno de sus miembros, con la complacencia de los demas o simple omisión, operan de consuno con el administrador. .

publicado el 15-7-2015

Si oficializan los Consejos de Propietarios muchos propietarios se verán perjudicados entre ellos YO, que ya lo sufro en mi edificio ya que operan por simpatía; hacen reparaciones y mantenimiento en las unidades de los propietarios amigos y en el resto NO....EN FIN !!!!!!!!!!!!!!!

publicado el 15-7-2015

Ahora sí; puede un Propietario que no habita la finca , integrar un Consejo de Propietarios? Gracias.-

publicado el 15-7-2015

Lo que debe hacer es iniciar el camino legal para reclamar. Comienza con el envío a la administración de una carta documento realizando el reclamo. Si el administrador, luego de las revisiones correspondientes por experto en la materia (plomero) determinan que corresponde al propietario de arriba debe responderle en forma fehaciente informándole los datos del mismo, que tiene obligación legal de conocer. Si no ocurre nada...Podría comenzar con una mediacion comunitaria en el CGP de su comuna, pero sepa que la misma NO es vinculante. O sea, no aplica sanciones y en caso de incumplimiento, no le sirve para iniciar juicio. Luego una mediacion pr

publicado el 15-7-2015

Rubén, tenés que hacerte de una copia del reglamento de copropiedad y administración. Ahí está determinado a quien le corresponde hacer los arreglos. Eventualmente tendrás que mandar carta doc a la administración para notificar los perjuicios que estás teniendo y darle un plazo de arreglo bajo apercibimiento de iniciar acción civil por daños y perjuicios.

publicado el 15-7-2015

Quisiera saber como se debe actuar para cambiar administrador, sin que éste nos haga una mala jugada con los fondos que posee el consorcio, aclaro, que son manejados por él, a través de una Cta.Bca.y nosotros que somos del Consejo de Adm.no tenemos acceso a la Cta.ya que siempre adujo que es muy complicado, ante tantas mentiras estamos buscando un nuevo administrador, y antes de decidirnos sería conveniente saber como actuar sin dar pasos en falso. Muchas Gracias

publicado el 15-7-2015

Nuevo codigo plasmó facultad Consejo Propietarios: CONTROL ASPECTOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS DEL CONSORCIO . Cual seria la interpretacion valida ? Si soy CONSEJO, controlo, impido gastos del Administrador en forma PREVIA. Controlo "antes" de que el Consorcio caiga en Default. Si soy ADMINISTRADOR (como yo), interpreto que el CONSEJO debe controlar lo ya gestionado por el Administrador y efectuar "luego" criticas que deberá fundamentar. Pero, si el Administrador asume obligaciones que causan perjuicio al Consorcio, pregunto, quien paga los platos rotos? Administrado por gestionar o Consejo por no controlar previamente ? Que lio, no ?

publicado el 15-7-2015

Vivo en la Planta baja en un edificio de departamentos dentro de un Barrio desde hace mas de 20 años,siempre tuvimos problemas con las perdidas de agua y/o filtraciones que van destruyendo los departamentos y especialmente el mio, ya que vivo en la Planta Baja.Nunca logre que nadie se hiciera cargo de las reparaciones que debo hacer casi una vez por año.Los distintos Administradores siempre dijeron que debemos arreglar entre vecinos que no le correspone al Consorcio.Desde hace 3 meses tengo filtraciones en mi Dpto y elque tiene las perdidas dice que no va a arreglar y no paga expensas.Que puedo hacer?Veo los hierros oxidados de la losa.

publicado el 15-7-2015

Me sigue preocupando los "poderes" otorgados al consejo de propietarios y no me quedan del todo claros. Existen consorcios donde estos grupos se han eternizado en el cargo y toman decisiones ilegales (tengo pruebas) en connivencia con el administrador de turno, sin que nadie objete dado que son edificios con una mayoría de inquilinos. No he podido abrir los títulos de comentarios y sus respuestas lamentablemente, porque quizás se me habrían aclarado algunos puntos. No se si será posible que me reenvíen este boletín para ver si puedo acceder a estos temas que me interesan sobremanera. Muchas gracias

publicado el 15-7-2015

Ni el administrador que administra actualmente, ni el saliente responden por NADA, aún haciendo las denuncias o yendo a la justicia NO existen penalidades en la práctica, sólo en la letra y NO se cumplen. En mi caso en particular he realizado más de una denuncia, JAMÁS se han aplicado multas o se han penalizado a estos administradores, aún hoy siguen estafando consorcios, de hecho días pasados pude ver por TV cómo se quejaban desde un consorcio estafado. El Registro toma las denuncias y NO las mira, tampoco intima. Podemos comprobar que siguen actuando "delincuentes" con y sin registro. DUDA niguna, CERTEZA son muy poco honrados.

publicado el 15-7-2015

Creo que el registro de administradores de consorcios deberia antes denuncias documentadas, aplicar medidas cautelares para interrumpir el daño que se le causa al patrimonio consorcial teniendo en cuenta que las denuncias tienen casi un año de trámite determinadas medidas tales como la suspensión provisoria del administrador permitirían proteger a los consorcistas como en cualquier otro fuero

publicado el 15-7-2015

El nombramiento de un administrador debe ser efectuado por asamblea de copropietarios cumpliendo con las formalidades y requisitos de la ley que no son pocos .Usted puede denunciar al administrador ilegalmente nombrado quién es pasible de sufrir muy fuertes multas

publicado el 15-7-2015

El administrador saliente responde por su gestión. Usted como copropietario puede denunciarlo ante el Registro de Administradores, quien le aplicará muy fuertes multas. El nuevo Administrador está en una situación similar. En caso de dudas consulteme.

publicado el 15-7-2015

El constructor nos exige a un administrados que sera responsable de cobrar expensas sin que el edificio este terminado (es un desastre) y ni siquiera esta el reglamento ni presentado en realidad estamos a la deriva porque es una estafa como muchos fideicomisos actuales en CABA. Es legal esto de exigirnos pagar expensas nombrando un administrador por su cuenta sin estar en regla ni tener un reglamento ni nada?

publicado el 15-7-2015

El Sr. Benito dice que "nada se dice de un libro de Actas del C.Administración"- puede ser- pero eso fue resuelto en otra Asamblea hace años, pues nunca se sabía qué resolvían, ni si se reunían o no.Algunas veces el costo de las expensas dependían de ciertos caprichos de otros propietarios. Si se acepta en Asamblea debería ser continuada su existencia( creo).-

publicado el 15-7-2015

Hemos cambiado de administración, y en esa Asamblea recordé que se le pida a la anterior Adm. que muestre el Regl.de Coopropiedad original-que le fue entegado- con el original de los dif.porcentuales- más el libro de órdenes debidamente foliado en el Minist. de Trabajo; y la necesidad de continuar con un libro que llamábamos "Actas del C. de Administración" mediante el cual teníamos conocimiento de los temas tratados/ resueltos o no. Además avisé que no se cumplía en hacer circular dentro de los 10 dias de la Asamblea, qué se había resuelto. NADA de esto se tuvo conocimiento. ? me ampara algún resorte legal ? ? pueden no llevarme el apunte?

publicado el 15-7-2015

Si responde con sus bienes , entonces debe cobrar!!!!!!! y es mas debe estar como monotributista activo, anotado en el afip.- Saludos

publicado el 15-7-2015

Abra registro de cada uno de los consejeros de propietarios??? y cobraran por este cargo???? por día o por mes o por hora???o por factura?? deberán estar anotados en la Afip( monotributistas? muchas gracias por su pronta respuesta.-

publicado el 15-7-2015

En respuesta a Raquel, yo tengo la misma duda...si el Consejo de Propietarios responde con sus bienes como el Administrador. De ser asi necesitaremos algun tipo de seguro como poseen los Administradores. Les ruego ampliar la informacion en cuanto puedan. Gracias!

publicado el 15-7-2015

Sobre el Consejo de copropietarios, nada se dice que se deje constancia en un "Libro de Consejo" o cómo quiera llamárselo, de lo qué han tratado y transmitido a la Administración, con las firmas de los presentes y del Administrador.

publicado el 15-7-2015

Gracias por informar sobre el tema! Respecto a la responsabilidad de los integrantes del Consejo, es cierto que responden con sus bienes ante alguna situación, si así fuera, ante cuales? Saludos

publicado el 14-7-2015

Supuestamente, toda ley se nutre de elementos que antes de exponerlos ante la Sociedad fueron estudiados, analizados y comprobada su eficacia, en cuanto a lo que el legislador desea concretar. Todo Consejo busca fundamentalmente controlar la gestión del Administrador, en beneficio del Consejo de Propietarios y de los que habitan en el edificio, propietarios e inquilinos. En muchos casos, estos últimos trabajan mas por el edificio que algunos propietarios que tampoco habitan en el lugar. Creo que lo justo, es que el Consejo sea integrado por ambos, en tanto el Consorcio de Propietarios lo acepte.

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