Comentarios
publicado el 22-9-2021
En mi consorcio, el consejo de propietarios está aliado al administrador, que es un corrupto. Por ende, resulta imposible que el consejo lo controle. Es más, se sospecha que los del consejo, no pagan expensas, pero en la liquidación figuran con el pago al día. Cómo se puede proceder en estos casos??
publicado el 30-6-2021
El Consejo tiene más poder que el administrador, pero no saben usarlo. El que controla tiene el poder. El Consejo puede convocar asamblea para revocar el mandato del administrador, pero el administrador no puede hacer lo mismo con el Consejo.
publicado el 11-6-2021
CABA viernes 11/06/2021
El problema con algunos Consejos de propietarios es que toman decisiones de acuerdo a lo que les conviene... Y, no tienen Poder, solo son CONTRALOR DE ADMINISTRACION y jamas van a revisar documentacion...
publicado el 19-5-2021
Buenas tardes, el nuevo Administrador, no quiere reconocer al Consejo de Propietarios, puede hacer eso.
Como debo actuar YO.
publicado el 12-5-2021
Rosario. Es importante que publiques tus opiniones, pero sin tantos errores de ***** grafía. Consulta el diccionario antes de escribir.
publicado el 3-5-2021
Tenemos filtración de la medianera del vecino pero el no quiere hacerse cargo y nuestra administradora no quiere intervenir ,solo nos dice que ¿debemos hacer el trabajo por nuestra cuenta esto es así.? ¿O podemos ir algún organismo para que nos ayude a resolver el problema?
publicado el 30-4-2021
Yo vivo hace poco en un edificio y quiero formar un nuevo consorcio pero nadie quiere porque les dijeron que deben responder con sus bienes u hay una propietaria que Lira todas las cámaras desde su celular, eso está bien?
Otro tema cobran multas por todo, eso es legal (ejemplo multa por dejar el auto en el estacionamiento de cortesía, si te pasas 5minutos te cobran 1,500 pesos.
publicado el 29-4-2021
Horacio dejá de decir pavadas! Te imagino todo el día al pepe creyendo que publicas opiniones utiles.
publicado el 29-4-2021
Aniceto, ver mi comentario del 27-04-2021.. Te contradecís, “….salvo las que pueda exigirle una asamblea o las……”. ¿al final tiene obligaciones o no?.
Un mal Consejo puede hacer desastres, total nadie puede reclamar ¿verdad?
Y si el Consejo no convoca asamblea según art 2064 a. ¿tampoco es responsable ?. Este CCyC tiene muchos errores. El Consejo es fundamental, si está integrado por gente responsable.
publicado el 29-4-2021
Horacio, deberías leer bien el Codigo para entenderlo y no sostener cosas equivocadas. El Consejo de Propietarios no tiene obligaciones, salvo las que pueda exigirle una asamblea o las facultades especiales que le establezca el Reglamento (lee el art 2056). El art 2048 solo indica que aprueba un certificado de deuda que haga el administrador... si es que no se niega a aprobarlo... Ademas es un organo colegiado, consultivo y de control. Estudiá los temas antes de opinar... para no confundir.
publicado el 28-4-2021
Ningún administrador puede rechazar lo decidido en asamblea. El Consejo puede ser un solo propietario, y si otros no se postulan queda ese solo. Un inquilino no es correcto, pero puede tener enorme experiencia en P.H.
El Consejo tiene obligaciones. CCyC art. 2048: El certificado de deuda expedido por el administrador y aprobado por el consejo de propietarios, si éste existe, es título ejecutivo para el cobro a los propietarios de las expensas y demás contribuciones. Lean el Código Civil.
publicado el 28-4-2021
Buenos días, gracias por la explicación, es bueno saber estas cosas. Estimo que es facultativa y no imperativa la designación de un Consejo de Propietarios.-
publicado el 28-4-2021
sobre la función de administrador y control sobre tareas que se hacen en el edificio, mantenimiento, limpieza, etc. cual es el lugar que tiene un miembro del consejo, ante deficiencias en el cumplimiento de sus tareas de administrador, como así también del encargado, y personal de limpieza en el edificio?
puede ejercer alguna fiscalización al respecto?
publicado el 27-4-2021
Muy util esta publicacion, aclara dudas importantes
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Marina Maria Garcia Moral |
publicado el 27-4-2021
En reuniones de consorcio, cambio de consejeros, siempre hay alguien que dice que el consejero responde con sus bienes y *todos lo creen*. Es difícil que entiendan que no!!
publicado el 27-4-2021
Hola, soy arquitecto especializado en mantenimiento edilicio.
Junto con otros dos propietarios formamos el nuevo consejo del edificio que habito. Fuimos designados en Asamblea Ordinaria sin objeción alguna.
Comenzamos a fiscalizar los contratos de servicios del edificio y dos semanas después la administradora objetó a un miembro por no ser titular de la propiedad. Una señora heredó pero no realizó la susecion. Con solo 2 miembros el consejo quedó disuelto.
Maniobra de la Administración.
M
publicado el 27-4-2021
Arte y astucia de las Administraciones para eludir a un Consejo de Propietarios.
publicado el 27-4-2021
Hola ...si el consejo está confabulados con la administración en no convocar Asamblea...la administración tiene su mandato vencidos de abril del 2020...y todavía no convoca ya se la íntimo
feacientemente con CD ...tampoco el consejo ...
publicado el 27-4-2021
Hola ...si el consejo está confabulados con la administración en no convocar Asamblea...la administración tiene su mandato vencidos de abril del 2020...y todavía no convoca ya se la íntimo
feacientemente con CD ...tampoco el consejo ...
publicado el 27-4-2021
Hola ...si el consejo está confabulados con la administración en no convocar Asamblea...la administración tiene su mandato vencidos de abril del 2020...y todavía no convoca ya se la íntimo
feacientemente con CD ...tampoco el consejo ...
publicado el 27-4-2021
El Consejo de Propietarios nunca estuvo ni debe estar al servicio del administrador, ni es un órgano que pueda ser visto como “empleado” del consorcio. Tiene atribuciones de contralor del administrador en lo económico y financiero, y no sobre otras funciones sobre las que en su momento el administrador deberá rendir cuentas ante los propietarios en asamblea. Puede tener responsabilidades patrimoniales si no cumple con ese contralor y de ese incumplimiento surgiera un perjuicio económico cierto.
publicado el 27-4-2021
muy bien explicado y breve.
publicado el 27-4-2021
muy bien explicado y breve.
publicado el 27-4-2021
El consorcio donde resido, no tiene consejo de propietarios porque sistemáticamente hay un grupo de consorcistas conniventes que con poderes de representación concentran mayorias y sistemáticamente evitan la conformación de esta figura jurídica. Los poderes no se pueden verificar, el administrador mantiene desactualizado el libro de registro de firmas, más del 60% del libro carece de datos, pero los poderes son aceptados de todas maneras. El administrador ha sido denunciado ante la DGDyPC.
publicado el 27-4-2021
En lo referente al consejo de administración que no responde con sus bienes personales, también es así en Provincia de Bs.As., porque si es así, es un caso donde la administradora nos mintió para no ser controlada. Gracias por responder.
publicado el 27-4-2021
El resumen de mis expensas viene con deuda Jamás autorice a tomar deuda Iempre pague en tiempo y forma no se por qué debo atte mirta
publicado el 27-4-2021
hola, tiene que haber un numero minimo de miembros para conformar un Consejo? gracias!
publicado el 27-4-2021
Existen estudios de derecho comparado sobre los derechos y obligaciones de los Consorcios o Condominios que involucran a Administradores y Administrados. La Legislación argentina es obsoleta, moción que sustento en 40 años de Administración Inmobiliaria en Argentina, EEUU, Panamá y Venezuela...
publicado el 27-4-2021
Hola
Que pasa cuando ningún vecino quiere formar parte del consejo?
En mi edificio quedamos dos vecinos como consejeros, no hay un presidente, es obligación nombrarlo?
Gracias. Saludos
publicado el 27-4-2021
En el video mencionan consejo de administración, es consejo de propietarios.
El consejo NO maneja dinero.
Mejor sería: Juan llama a un gasista, no avisa a los otros consejeros ni al administrador, y ese gasista no está matriculado; luego envían la factura al administrador: no debe pagar esa factura. Juan es 100% responsable y debe conseguir que ese trabajo sea revisado y aprobado por un gasista matriculado, pagando las facturas hasta el final.