Conforme se informara recientemente en los medios, la Corte Soprema confirmó el fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal de fecha 02/12/2008, que declaraba la inconstitucionalidad de la Resolución de la AFIP que imponía a los administradores de inmuebles la obligación de informar datos personales de los ocupantes de las unidades funcionales.
Puntos destacables del fallo que declara la inconstitucionalidad de dichas normas:
Corresponde declarar la nulidad de la Resolución General 2159/06 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, en cuanto impone, a los administradores de inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal, la obligación de informar datos personales de los terceros ocupantes de aquéllos, ya que resulta irrazonable exigir al administrador suministrar información que no se relaciona directamente con el mandato que el consorcio le confirió, ni con las cosas comunes que interesan a él, máxime cuando en la resolución cuestionada no se explicó la motivación del requerimiento efectuado al representante del consorcio.