Estas son algunas preguntas que la gente nos ha realizado los pasados días, a propósito de la nueva Resolución 408/2012 de la CABA, las cuales reproducimos a continuación, con sus respectivas respuestas.
¿En qué puede afectar a los propietarios o inquilinos (los que pagan las expensas) esta bancarización?
En realidad, la noticia aparecida hace pocos días en los diarios, no fue expuesta de manera correcta.
La bancarización no es ninguna novedad, pues está vigente desde el año 2009 por imperio de la ley de la ciudad Autónoma de Buenos Aires Nro.
3254.
Esta disposición fue motivada por la necesidad de terminar con la mala práctica de depositar las expensas de cada consorcio en la cuenta personal del Administrador (lo que, naturalmente, entrañaba serios riesgos para los propietarios) disponiendo que sean depositadas en un Banco a nombre de cada Consorcio.
La reforma introducida por la Resolución de la SECGCYAC Nº408/2012 de la CABA, establece la obligatoriedad de digitalizar las liquidaciones de expensas, y además –lo que resulta verdaderamente revolucionario en términos legales- la obligación del administrador de poner en conocimiento a los propietarios vía mail no sólo las liquidaciones mensuales, sino también copia escaneada de las facturas y recibos que reflejan el movimiento de fondos del edificio.
Nosotros aún no lo podemos creer.
Acostumbrados a que los consorcistas son acuciados permanentemente por expensas incontrolables, recibir una noticia de esa naturaleza no puede sino alegrarnos.
Personalmente, pienso que, aunque aplicable únicamente a la limitada órbita de los consorcios, la norma tiende a hacer realidad un viejo anhelo de nuestra Fundación, que es proclamar el principio que “todo aquél que maneja fondos ajenos, en el más amplio sentido de la frase, sea en el ámbito privado como el público, debe hacer saber por Internet a los dueños de esos fondos qué es lo que hace con ellos, a quién paga, cuánto, por qué concepto, etc., etc. Creemos, pues, que significa un paso adelante en la necesidad de transparentar las administraciones y esperamos que el ejemplo se generalice, sobre todo en el ámbito público, para saber qué hace el Estado con el dinero de nuestros impuestos.
La Resolución no establece cambios obligatorios en la forma en que los consorcistas vienen pagando sus expensas.
Sólo dice que éstas deberán depositarse en una cuenta bancaria independiente.
Los propietarios reunidos en asamblea, podrán disponer que el administrador reciba, como hasta el presente, los pagos y haga el depósito correspondiente.
De todos modos, hoy en día hay muchísimos consorcios que ya tienen su cuenta bancaria propia y los propietarios pagan allí sus expensas sin dificultad.
Al respecto, cabe recordar que las asambleas de propietarios son soberanas y pueden disponer la operatoria adecuada dentro del edificio.
Respecto a los inquilinos, según el modelo de liquidación elaborado por la Ciudad, éstos se verán beneficiados, porque allí se deben diferenciar claramente los gastos corrientes, que corresponden a las “Expensas Ordinarias” (que son las que ellos pagan) de todos los demás gastos eventuales, considerados “Expensas Extraordinarias”, cuyo pago corresponde al propietario.
Es de hacer notar que en la actualidad, lamentablemente, muchas administraciones no reflejan esa diferencia en sus liquidaciones de expensas mensuales, creándose la duda acerca de lo que el inquilino deberá pagar en definitiva.
¿Puede ser que aumenten las expensas por esta obligación de bancarización? ¿La bancarización es solución para los sobreprecios de los que a veces se acusa a las administraciones?
De ningún modo creemos que esta reforma encarecerá las expensas.
Piénsese, por ejemplo, todo lo que el administrador se ahorrará en papel y en costos de distribución al reemplazar las liquidaciones actuales por su formato electrónico.
Pero sea como fuere, hay que poner en la balanza una cosa importantísima que se logra con el nuevo sistema, y es el control de sobreprecios, que es el problema más común que acusan ciertas malas administraciones.
¿Cuánto aumentaron los costos en los consorcios en los últimos meses?
Podríamos decir que en los últimos meses han habido aumentos que oscilan entre el 20% al 50%, motivados, en general, por la misma inflación que hace que los arreglos y los imprevistos que hay que afrontar tengan un mayor costo, como todos los insumos.
Algunos consejos para abaratar los costos en los consorcios
El disminuir los gastos –o al menos impedir que sigan aumentando- tiene que ver con dos factores:
a) por un lado, con el control de la gestión que hagan los propietarios, consultando presupuestos y buscando el mejor producto al menor precio.
b) Con lograr los consorcios legítima participación en las mesas paritarias negociadoras de los salarios del personal de Encargados, actualmente detentada ilegítimamente por tres asociaciones de Administradores.
Esto se logrará el día en que el Poder Ejecutivo Nacional se decida a reglamentar de manera democrática la ley 14250 de Convenciones Colectivas de Trabajo.