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RECIBIÓ EL CONSORCIO UNA NOTA DEL SUTERH? El país de hoy y el Consorcio de Propiedad Horizontal de hoy

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Hoy he leído algo que me impactó por su cruda realidad: "hay dos clases de empresas: las privadas y las públicas. Las primeras son las que controla el Estado; las segundas son las que no controla nadie".

Si nos atenemos a la tremenda catarata de nombramientos que aparecen publicados en los boletines oficiales, es evidente que se pretende minimizar políticamente la aguda situación sanitaria que ha llevado a la desesperación laboral de muchos. Pero todos esos nombramientos los pagarán los sufridos argentinos que siempre han puesto su esfuerzo en el trabajo privado, hoy vilipendiado.

Soy una vieja abogada (o abogada vieja) y he visto mucho en mi querida Argentina. Nadie me puede contar cuentos ni fábulas, porque he vivido personalmente realidades dolorosas.

Esa actualidad de nombramientos, se da también hoy en los consorcios de propiedad horizontal.

He tomado conocimiento que el gremio de encargados circulariza -en plena y triste cuarentena-notas dirigidas a la administración del consorcio invocando el CCT 589/2010, señalando que es "política de nuestra institución avanzar en eliminar la precariedad laboral" (desde ya loable).

Sin embargo, agrega la nota “la plena vigencia de la Resolución General AFIP 3634” y que “la citada resolución estipula la asignación horaria para cada trabajador dependiendo de la cantidad de unidades funcionales de vivienda”.

Conocemos dicha Resolución General AFIP 3634/2014 (BO 28-5-2014), muy cuestionada en su momento, que mereció oportunamente una declaración de quien era por entonces el administrador federal de la Administración Federal de Ingresos Públicos, señalando que no había obligación de contratar.

Hemos hecho un comentario al respecto de dicha normativa aquí.

El comentario de nuestra Redacción señalaba lo siguiente:

"Recientemente se publicó la Res.3634 de AFIP, que, con el objeto de facilitar la recaudación tributaria, establece tablas que indican cuántos encargados tienen, en general, los consorcios."

"Estos indicadores simplemente PRESUMEN que cada edificio cuenta con ese número de personal, salvo, claro está, que la realidad diga otra cosa. SI NADA SE DICE, LA AFIP PRESUMIRÁ QUE EL CONSORCIO TIENE LA CANTIDAD DE PERSONAL QUE INDICAN LAS TABLAS.PERO AL MOMENTO DE TRIBUTAR, LO QUE VALE ES LA REALIDAD.UN EDIFICIO PUEDE TENER O NO ENCARGADOS, SEGÚN LO DISPONGAN SUS PROPIETARIOS."

"Algunos medios habrían informado que esta norma haría aumentar las expensas, obligando a contratar personal. ELLO NO ES CIERTO. LA AFIP CARECE DE FACULTADES PARA OBLIGAR A NADIE A CONTRATAR PERSONAL. El propio texto de la Resolución indica que se trata de una presunción, de una mera pauta.PARA TRANQUILIDAD DE LA POBLACIÓN, ENTONCES, ES NECESARIO REMARCAR que la Administración Pública presupone que, dependiendo de las características de cada Consorcio, éste contará con determinada cantidad y categoría de trabajadores.PERO ESTA PRESUNCIÓN SE APLICA SIEMPRE Y CUANDO LA ADMINISTRACIÓN DEL CONSORCIO NO INDIQUE OTRA COSA."

COLOFON


Ante la inquietud de propietarios y administradores, reiteramos nuestra opinión, expuesta el 31-5-2014. No hay obligación de contratar empleados en los consorcios.

Sí hay obligación de proveer al cumplimiento de todas las leyes laborales, pagando todas las cargas sociales y suministrando elementos de protección personal y de limpieza, adecuados a los protocolos vigentes en esta pandemia para todos los trabajadores de consorcios.

® Liga del Consorcista

Tags: Suterh, encargados / servicio de limpieza / servicio de vigilancia, abuso, De Interés General para la Familia Urbana, derecho de propiedad, De Interés General para la Familia Urbana,

Comentarios

publicado el 14-2-2021

Queremos cambiar el administrador. Le pedi la clave fiscal del consorcio y no me la dio y me mostro los VEP de la Afip con su talon de pago. Pueden los consorcistas tener acceso a su cuenta de la AFIP. Puede negarse a darme la clave fiscal??

publicado el 19-10-2020

Hola quiero saber hasta cuando los encargados seguiran trabajando media jornada ya que pagamos su sueldo completo.Creo que seria justo jornada complta..alguna idea por favor ,gracias

publicado el 13-9-2020

Lo que no entiendo es porque hay administradores que en razón del Covid paga horas extras solo porque en tiempo normal las trabajan.Pero si están exceptuados de trabajar y cobrar, no tiene sentido que tambien los cobros excepcionales por tareas que son facultativas para las partes realizar, y que no se hacen, haya que pagarlas tambien.- Una cosa es proteger el salario y otra obligar al Consorcio por tareas que no se realizan y las horas extras son facultativas para las partes.Abuso total.

publicado el 29-8-2020

Edificio encargada de 4 hs con 35 años trabaja dos horas pirq su sindicato nos informa q es lo q debe trabajar pir covid .No se le puede hacer nada el suther cerrado .y bueno rehenes de los gremios como siempre

publicado el 25-8-2020

Excelente como todos los artículos escritos con tanta claridad, fundamentos y racionalidad por parte de la Dra. Rita Sessa.

publicado el 20-8-2020

El ayudante, debería trabajar las 8hs si el encargado con vivienda tiene licencia x enfermedad.

publicado el 22-6-2020

El gobierno de la Ciudad debería comenzar a testear en los consorcios grandes en forma aleatoria, empezando por los encargados y ayudantes sin vivienda que vienen del conurbano estamos en Recoleta y a moradores que entran y salen sobre todo los fines de semana. En mi consorcio, el palier lo limpio yo, antes con lavandina ahora amonio cuarternario. Le pedí al adm. (invisible) que ponga una alfombra sanitizante en la entrada, que haga limpiar como corresponde. somos 104 dep. y dos trabajadores.NO

publicado el 14-6-2020

No faltaba mas nada ya esta dificil administrar en cuarentena, no se puede hacer los trabajos. Y como siempre seguimos rehenes propietarios y los que administran como corresponde tambien.

publicado el 13-6-2020

Estoy de acuerdo totalmente con Emma. En mi edificio sucede lo mismo. Nos sale más caro que antes. Además 60 años y con el tipo de trabajo que desempeñan no hay riesgo alguno.. Yo soy médica y les aseguro que a esa edad todos trabajan y encima con el riesgo que la profesión implica. Coherencia por favor!!!!

publicado el 13-6-2020

Al encargado nuestro no se le puede pedir y decir nada te empieza a gritar de forma violenta. Y si te quejas los administradores no te dan bolilla

publicado el 13-6-2020

la administración verdad no cumplen con nada el edificio una mugre no cuento tan con la higiene sanitaria.en nuestro piso limpiamos dos inquilinas .pagando 3600 de expensas

publicado el 13-6-2020

En mi consorcio,no se cumple el protocolo del COVID19, ni menos el encargado limpia,no cumple con su trabajo

publicado el 13-6-2020

Falta control en los consorcios (foco de riesgo del corona virus) respecto a desinfecciones y limpieza, hace 80 días no se hace. Limpian los ocupantes. No quieren que limpie incluso la persona que lo hacía. Quién controla ese tema? Es urgente.

publicado el 12-6-2020

Hay que pagar los cursos de los encargados este ano

publicado el 12-6-2020

Hola ya me parece una barbaridad pagar el sueldo con todos los plus a los encargados que tienen mas de 60 años y no trabajan, me parecería lógico pagar sueldo base pero no los plus, ya que seguramente habrá que contratar otro trabajador para cumplir con la tarea.

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