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QUIEREN PONERLE TRABAS A LAS ASAMBLEAS VIRTUALES?

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Hemos advertido -con gran satisfacción- que recientemente las mismas asociaciones de administradores y profesionales que se oponían a que las asambleas se desarrollaran en formato virtual, con argumentos anacrónicos y -a nuestro criterio- sin basamento jurídico suficiente, hoy finalmente entendieron y reconocen lo que venimos diciendo desde abril: Las asambleas virtuales son válidas.

 

En los casos en los que se celebraron virtualmente durante los pasados meses, hubo más gente que ha participado en ellas, incluso gente que históricamente no podía asistir por razones de distancia. En la inmensa mayoría de los casos su celebración fue un éxito.

 

Para aquellos propietarios que no pueden participar en forma virtual, hemos sugerido hacer asambleas mixtas (presencial con quienes se puedan apersonar cumpliendo los protocolos de seguridad, y por streaming con quienes no puedan hacerlo).

Trabas caras y burocráticas

 

Cómo es eso de ponerle trabas a las asambleas virtuales?

 

Quienes oportunamente se oponían a la modalidad virtual y hoy la aceptan, han propuesto ahora un “protocolo” para realizarlas, so pretexto de la necesidad de establecer pautas para verificar la validez de los votos.

Demás está aclarar que dicho “protocolo” no es obligatorio ni legalmente vinculante. Se trata meramente de una propuesta. Y mucho menos si para celebrar las asambleas en formato virtual se requiere -como hemos leído- de un “proveedor externo” que certifique la titularidad de los participantes.

 

A nuestro criterio, esta “propuesta” esconde un negocio económico para ciertas empresas tecnológicas a costa del Consorcio. Quién cree que pagará por ese “servicio”? USTED con sus expensas.

 

Por supuesto que los Consorcios pueden establecer protocolos para la celebración de las asambleas, tanto presenciales cuanto virtuales, pero ello es optativo, y cada consorcio debe elegir adoptarlo o no. He participado en asambleas donde se filma la reunión, o inclusive se han contratado taquígrafos para transcribir el acto en el momento. Todo ello es perfectamente legal y válido siempre y cuando lo decidan los propietarios y no venga impuesto de terceros (llámese Estado, Asociaciones de administradores o el propio administrador).

 

Y cómo verificamos la identidad de los participantes? Cómo se verifica que sean propietarios?

 

Sin perjuicio de oponernos -por principio- al cercenamiento del derecho a la propiedad, no es menos cierto que es preciso ordenar las reuniones virtuales, debido a la falta de experiencia en el tema que tienen los administradores y los propietarios. En otras palabras, todos sabemos cómo comportarnos y cómo es el procedimiento en una asamblea presencial, pero nos cuesta un poco adaptarnos a una modalidad donde cada uno está físicamente separado del otro.

 

Entonces, qué parámetros debiéramos implementar para desarrollar las Asambleas virtuales?

 

A continuación nuestras sugerencias a dichos respectos:

 

1 – En todos los casos hay que cumplir el procedimiento establecido en los reglamentos. En especial en cuanto al tiempo mínimo para convocar y a las notificaciones.

 

2 – Las notificaciones deben hacerse formalmente: O notificando físicamente a cada propietario en su unidad o notificando en forma electrónica (por ejemplo por email o whatsapp).

Esta última opción, será aplicable en el caso que el propietario haya constituído un domicilio electrónico, ya sea indicándolo en el libro de registro de propietarios o de alguna manera fehaciente.

 

3 – La convocatoria deberá contener la información necesaria para poder acceder a la reunión virtual, incluyendo el link de acceso y la clave en caso de corresponder. Existiendo servicios gratuitos, el Consorcio no debiera pagar cánones por ninguna “tercerización”, si bien podría hacerlo en caso que la Asamblea aprobara expresamente dicho gasto.

 

4 – En caso que la mayoría de los asistentes desconozca la identidad de alguno de ellos, el propietario en cuestión podrá exhibir la documentación en pantalla (pueden usarse varios métodos para ello, ya sea exhibiendo el DNI manualmente, o, habiéndolo fotografiado o escaneado previamente, compartir pantalla y mostrarlo a todos los presentes).

 

Como vemos, no hay necesidad de “protocolo” alguno para celebrar las asambleas virtuales, sino sólo sentido común.

 

Pero claro, a veces olvidamos que es el menos común de los sentidos, máxime cuando puede haber un negocio escondido de por medio.

 

® Liga del Consorcista

Tags: asambleas, asambleas, coronavirus covid cuarentena, tecnología, tecnología, tecnología,

Comentarios

publicado el 17-6-2021

El edificio en el cual vivo tiene una antiguedad de 90 años,lo mismo que su Reglamento,ergo para las Asambleas no ests configurado las asambleas virtuales so pena que cualquier co-propietario la impugne,esto cómo se arregla?,gracias.

publicado el 10-4-2021

Vivo en Cordoba , poseo un depto en CABA. Problemas con la administración: Cita a reunión 0:5 madrugada para el día Se olvidan documentación sobre el tema principal. Proponen nueva reunión, no la citan. Pido turno, no me lo dan. Esto fue en septiembre de 2019. Desde esa fecha lo único que se modificó es el sostenido aumento de expensas y las deudas. Se enviaron correos por el tema pendiente y no responden nada. Habrá buenos administradores, no lo dudo. Esta administración no lo es

publicado el 20-2-2021

No es necesario un abogado para impugnar las expensas. Cuando el motivo es contundente, con una nota con acuse de recibo de la administración y enviando copia de ella a todas las Unidades Funcionales es muy efectivo.

publicado el 18-2-2021

Es 5% (no 10%). Se equivoca Dr Charly. CCyC art 2058 b. las cuestiones atribuidas al administrador o al consejo de propietarios cuando le son sometidas por cualquiera de éstos o por quien representa el cinco por ciento de las partes proporcionales indivisas con relación al conjunto;

publicado el 18-2-2021

¿Quién me defiende del mal actuar del Registro Público de administradores?.

publicado el 17-2-2021

Rebeca x Administradora Rebelde: Y cual es la pregunta? Si su marido es el presidente del consejo evidentemente no sabe que hacer. Solución: Impugne las expensas con un abogado, y denúnciela Ud. ante el registro de administradores. Para llamar a asamblea deben pedirla como mínimo el 10% del total de consorcistas. Lea el Código Civil y basta de quejarse sin actuar.

publicado el 5-2-2021

Código Civil y Comercial- Consejo de propietarios ARTÍCULO 2064.- Atribuciones. La asamblea puede designar un consejo integrado por propietarios, con las siguientes atribuciones: a. convocar a la asamblea y redactar el orden del día si por cualquier causa el administrador omite hacerlo; Aclaro: ningún administrador puede impugnar una asamblea.

publicado el 3-2-2021

La administradora de mi edificio se niega a realizar asambleas. Toma ella sola las decisiones que incumben al edificio, como sacar mobiliario, pintar con su gusto personal y luego cambiar el color de la pintura del frente por el reclamo de una propietaria, siempre sin consulta. Mi marido es el presidente del consejo de administración y no le presenta los presupuestos acordados que debía presentar previamente. En mi departamentos tenemos la montante que está goteando, y no da respuestas.

publicado el 1-2-2021

Hola! El administrador se niega a llamar a asamblea por covid 19 y rebrote. Como podemos los propietarios proceder? Su mandato venció ayer y queremos removerlo. Gracias

publicado el 19-1-2021

HOLA BUENOS DIAS, DRA, MI PREGUNTA ES, EL ENCARGADO TIENE UN DEPTO DE SU PROPIEDAD, PUEDE ASISTIR(ESTANDO EN HORAS DE TRABAJO) A UNA REUNION ANUAL DE PROPIETARIOS.,? MUCHAS GRACIAS.

publicado el 15-1-2021

Que pasa con el mandato prorrogado si ya estamos en enero?

publicado el 13-1-2021

NUNCIA: no se puede comparar las clases virtuales de los docentes con una asamblea de consorcios en PH, son conceptos muy distintos. Con respecto a la eficiencia, hay que tener cuidado con lo que se escribe: hay varios errores. Aclaro que no soy administrador ni docente.

publicado el 7-1-2021

El administrador no tiene ninguna autoridad en asamblea. Los poderes se presentan a la asamblea, no al administrador, y el secretario debe hacer la verificación que corresponda. El manejo de la asamblea virtual (por zoom o similar) debe estar cargo del presidente; el secretario debe tener a su cargo el video de la asamblea. Todo esto debe estar en un procedimiento (mal llamado protocolo).

publicado el 6-1-2021

Conocí más de 80 administradores. solo uno sabía trabajar, todo era tan claro que nadie lo llamaba para reclamos. Hoy no conozco alguno parecido.

publicado el 4-1-2021

Si se quejan tanto los administradores, por qué no dan un paso al costado y permiten que otros administren de manera eficiente? Si los docentes pudimos adecuarnos a clases virtuales, como no se van a adecuar los administradores? El alumno, al rendir los exámenes lo único que deben hacer es mostrar su DNI. Lo mismo pueden hacer los propietarios.

publicado el 3-1-2021

Me gustaria saber el libro de actas como lo firman los propuetarios que participaron por ZOOM, gracias.

publicado el 2-1-2021

En mi caso, los bancos me han extendido hasta el 31/12/20 la posibilidad de hacer transsferencias por el termino de mi mandato.No obstante y al haber vencido mis mandatos envie a todos los propietarios una consulta sobre si aceptaban o no mi continuidad. Por mayoria aceptaron mi continuidad. Me queda pendiente el Balance que enviare por mail a los que tengan el correo registrado. Deseo un mejor 2021!

publicado el 1-1-2021

En nuestro caso la administradora nunca se ocupa de las necesidades del consorcio,

publicado el 1-1-2021

En asambleas virtuales como se pueden comprobar los poderes otorgados factor sumamente importante para la votación. Mi caso: el administrador convocó la asamblea obligando a que le enviara escaneado el poder desde la casilla de correo declarada por el propietario o con texto de a quien otorgaba el poder CON COPIA al Consejo de Propietarios, lo que me parece irregular. Ante mi reclamo de que me ĺos reenviara a mi también me lo niega argumentando no debo conocer ĺa dirección de correo.

publicado el 1-1-2021

En mi caso, es imposible hacer asambleas en forma virtual, ya que los copropietarios son en gral. personas muy añosas que no usan el celular, y los representantes son hijos o nietos que están alquilando. Lo que no les da derecho a voto, sin poder certificado. No tenemos suficiente espacio para el aforo. Se complica demasiado. Le he comunicado que vamos a mantener y reparar emergencias, hasta el levantamiento del aislamiento.

publicado el 1-1-2021

Si hay que hacer una presencial luego para que quede "legal" no veo sentido a la virtual . Me puede aclarar lo que dice la publicación en cuanto a que "puede haber un negocio escondido de por medio." Hace un año que administro gratis. Soy propietaria. Estudié en la liga para hacer las cosas bien y muy agradecida por todo. Aprendí x ej que un hijo que firmó como dueño para a la vez tener un poder para representar y asi tener una mayoria al adminst. estaba mal...acá es dificil y trabajando 24 hs

publicado el 1-1-2021

COVID, la gran escusa de los Administradores cínicos y mal intencionados. Se manejan discrecionalmente. [sigue..]

publicado el 31-12-2020

el tema de las asambleas virtuales es un avance interesante. pero se plantean un sinfin de problemas y el mas importante es si por algun motivo hay q realizar un costo extra. sabido es q las expensas son dificiles de pagar ultimamente debido a la situacion economica con lo q si se plantea un costo extra x algun motivo nadie estara de acuerdo. en mi edificio tambien se plantean problemas de identidad y somos muchos consorcistas. ademas son valudas x si solas? si hay q ratificarlas no tienen senti

publicado el 31-12-2020

Y cuidado si cobramos un adicional por trámites fuera de horario comercial, asambleas de noche, balances, rendición de cuentas... Da pena que haya perdido estudiar esta profesión. Trabajamos Gratis

publicado el 31-12-2020

Aqui las asambleas fueron una guerra. Acostumbraban a votar quienes no tenian dominio ni poder, obtenían una mayoría que no era tal perjudicando al resto aprobaban . Hacen imposible la labor del administrador y exigen que si pagan tienen derecho a voto .En la virtual seria imposible corroborar el poder y el agravante que tarde o temprano habria que realizar la presencial. Un desgaste innecesario

publicado el 31-12-2020

Mandatos por un año, sometidos a si le dijiste que no es hora de llamar por cosas totalmente insignificantes. No Tenes vacaciones, fines de semana. Toda la culpa la tienen los Administradores!!! QUE PAÍS GENEROSO... MIENTRAS POLÍTICOS, ABOGADOS realizan mala praxis y no les hacen nada porque un abogado no puede ir en contra de otro si negocio con la contra parte... QUE SOMOS LOS ADMINISTRADORES? MAL PAGOS, INMENSAS RESPONSABILIDADES, UN TRABAJO SIN LÍMITES Y SIGUEN AGREGANDO COSAS!

publicado el 31-12-2020

Lo único que se viene a la mente: QUIEN PROTEGE AL ADMINISTRADOR, LA DESREGULACION DE LOS HONORARIOS. El maltrato que recibimos a cambio de de cobrar nada pero ser multitask . Administradores con Acv, ataques al corazón, depresión... Claro los propietarios son “correctos y educados”. No pueden saber qué labora tiene cada administración. Ignoran y critican... Hablan y juzgan bajo una irresponsabilidad sin límites! No son santos. Autoritarios, violentos. El administrador en su tacho de basura.

publicado el 31-12-2020

Hola en mar del plata se puede hacer asamblea virtual?gracias

publicado el 31-12-2020

Quiero hacer una pregunta Hay varios caños rotos y 270 mil pesos en gastos de Encargado, ayudante y Vigilancia. El vigilador cobra 80 mil pesos más los aportes, cumplió el 25 de este mes los 65 años y no se está jubilando, necesito ese dinero para ese edificio, puedo obligarlo por las necesidades del edificio a que se jubile ya que tiene su edad cumplida y los 30 años de servicio? Puedo alegar las necesidades del edificio y que no pueden pagar más expensas de las que vienen abonando?

publicado el 31-12-2020

Mucho cambiaría la participación en asamblea si el voto fuese secreto, básicamente para el mandato otorgado, pero esto no se puede hacer en la asamblea virtual.

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