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28.04.2017
problemática consorcial
EL ABUSO QUE SUFREN LOS INQUILINOS CON EL TEMA "EXPENSAS"

Para empezar a hablar del tema, hay que hacer un poco de historia. En los años de gobierno del difunto ex presidente Juan Domingo Perón, el déficit de vivienda, a la vez que la necesidad de acabar con los "conventillos", impulsó una medida que beneficiaba a los entonces inquilinos: congelamiento de alquileres, prórroga ilimitada de los plazos pactados y suspensión de las ejecuciones por desalojo. Todo ello mediante leyes llamadas "de emergencia locativa".

Esa medida perjudicaba enormemente a los propietarios, pues con el tiempo, los precios de los alquileres, depreciados año a año por la inflación, no llegaron a alcanzar siquiera para pagar los impuestos de las propiedades alquiladas. Tener una propiedad alquilada era francamente ruinoso.

Fue entonces que, como un paliativo, se generalizó el criterio de incluir en la redacción de los contratos de locación, la exigencia del pago de impuestos y de expensas a cargo de los inquilinos como obligaciones anexas al precio del alquiler.

Lo que no se entiende y resulta completamente injusto e irracional, es que hoy, a más de cuarenta años de derogadas aquellas leyes de emergencia locativa, se le siga cargando alegremente al inquilino con obligaciones que corresponden al propietario, como son los impuestos y las expensas.
Piénsese que en su enorme mayoría, los inquilinos son asalariados y, obviamente, ganan un sueldo fijo. Por dicho motivo, la ley debiera garantizar que el precio de la locación sea determinado y no variable. Es una razón de elemental justicia.

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24.04.2017
problemática consorcial
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS DEL CONSORCIO ANTE LA EXPECTATIVA DE ALQUILAR LA PORTERÍA O UNIDADES FUNCIONALES PROPIEDAD DEL CONSORCIO

Ante el alejamiento del encargado con vivienda, sea por motivos de jubilación u otro cualquiera, surge la posibilidad de generar ingresos para el consorcio alquilando las dependencias que habitaba el encargado. También - en general - cuando el consorcio por motivos diversos cuente con unidades funcionales, cocheras o locales de su propiedad, y más allá de los aspectos comerciales y legales, debemos conocer los aspectos impositivos, que están regulados a nivel nacional. Luego los impuestos jurisdiccionales.
La Ley 27346 que modificó la ley 20628 de Impuestos a las Ganancias, vigente desde el 2017, brinda a los inquilinos la posibilidad de deducir en su cuenta impositiva el alquiler mensual de su casa habitación, y a tal fin debe aportar la factura emitida por el propietario. Por lo tanto los inquilinos van a exigir al consorcio locador las facturas para cumplir con dicho requisito y acceder a la deducción.
¿Que tributos debe considerar el Consorcio?

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02.04.2017
problemática consorcial
A PROPÓSITO DE UNA MODIFICACIÓN A LA LEY 941 DE REGISTRO PÚBLICO DE ADMINISTRADORES DE CONSORCIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Hoy la Propiedad Horizontal es uno de los derechos reales enumerados en el art.1887 del Código Civil y Comercial (CCC) y su propia definición ha cambiado. También hoy su carácter de persona jurídica privada ha quedado legalmente establecido en el inciso h) del art 148 del Código.
A todas las personas jurídicas privadas las controlan entes estatales, pero los consorcios de propiedad horizontal no tienen un contralor fijado taxativamente en el CCC por la sencilla razón que los consorcios de propietarios son propiedad privada, no son empresas ni generan ganancias.
Aquí está en juego, además, el derecho a la vivienda digna protegido constitucionalmente [...]

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26.02.2017
laboral y previsional
COMENTARIOS PUNTO POR PUNTO A LAS ULTIMAS NOVEDADES PARA LIQUIDAR HABERES A LOS ENCARGADOS DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL

El 14-12-2016 por Resolución de la Secretaría de Trabajo N° 1007/16 se homologó la última paritaria de encargados, que se publicó en BO el 4-1-2017.

A continuación nuestro comentarios al texto que contiene llamativas novedades.

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27.01.2017
problemática consorcial
La corrupción del mandatario o administrador público replicada, reflejada o proyectada en los mandatarios o administradores privados. El mal ejemplo cunde. A propósito del administrador de consorcios de propiedad horizontal.

Lamentablemente recibo consultas frecuentes de propietarios, inquilinos o poseedores con boleto, acerca de expensas muy altas derivadas de gastos que me manifiestan que no son ciertos, que tienen un valor de mercado sensiblemente menor, que no se corresponden con la facturación exhibida, que se duplican inexplicablemente, etc. Hay administraciones de consorcios que son ejemplares y transparentes, pero parecieran pocas frente a las abundantes y reiteradas quejas de vecinos sobre el particular.

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17.12.2016
laboral y previsional
EL POR QUÉ DEL GRAN MALESTAR POR LAS PARITARIAS DEL GREMIO DE ENCARGADOS DE EDIFICIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL (CCT 589/2010)

Más allá de todo lo que ya hemos escrito sobre el tema, aquí hay que destacar en primer lugar el equipo que conforman las constructoras, las inmobiliarias y las corporaciones de administraciones de consorcios.
Este equipo maneja la propiedad horizontal argentina.
Esto se ve en cada detalle de gestión, donde justifican altos montos de expensas por el barrio de ubicación del consorcio, como si tasaran el metro cuadrado, olvidando que la expensa son los gastos “reales” del edificio y no el valor venal de la unidad funcional. De tal suerte un inmueble en zona de alto valor inmobiliario puede liquidar expensas menores a uno ubicado en una zona menos valiosa, por tener este último más gastos.
Sobre esa base el “equipo” sella acuerdos con el gremio de los trabajadores, olvidando a los que pagan y olvidando que los consorcios de propiedad horizontal no son empresas.

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10.12.2016
de interés general
BAILANDO SOBRE EL TITANIC

Cuando un Partido político gana las elecciones, así haya sido por un solo voto a su favor, es deber cívico y moral de toda la población apoyarlo hasta que agote su mandato. No entenderlo así es puro fascismo, lo cual quiere decir obstinación, prepotencia y sobre todo ignorancia, porque se confunde la elección, con un juego de azar. [...] Pero del mismo modo como la población debe apoyar al gobierno, sea cual fuere su preferencia política, también es deber ineludible criticarlo en lo que está mal. Este gobierno, que ha concitado tantas buenas expectativas en una población cansada de prepotencia y fanatismo, no ha sabido interpretar que en realidad, fue este hartazgo el móvil que le dio el triunfo en las urnas y no el deseo de volver a las políticas liberales a ultranza de la Revolución Libertadora, Martínez de Hoz, Menem o Cavallo.

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15.11.2016
laboral y previsional
Sobre aumentos y "bonos" para fin de 2016: Los encargados de edificios de propiedad horizontal y su --BONO ETERNO-- de fin de año

Se habla de un aumento o “bono” de fin de año para todos los trabajadores en relación de dependencia.


Que un trabajador obtenga por su trabajo una retribución justa (entendida esta palabra como justicia y no como estrechez) es algo indiscutible.
Los trabajadores de edificios no están ajenos a este principio básico sostenido por la Constitución Nacional en su art. 14 bis, sin embargo, ellos ya han logrado su “bono”. [...]

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03.10.2016
laboral y previsional
Moratorias Previsionales para Jubilados y Pensionados - Prórroga de la Moratoria Ley Nº 26.970 - Segunda Nota.


En el marco del Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, la Ley Nº 27.260, dentro de su título III, prorroga la Moratoria Ley Nº 26.970, cuyo vencimiento operaba el 18/09/2016.

De este modo, la Ley Nº 27.260, promulgada mediante el Decreto Nº 881/2016, en su artículo 22 determina una prórroga de 3 años de la Moratoria Ley Nº 26.970, sólo para el caso de las mujeres, y especifica que este plazo podrá ser prorrogado por igual término para los fines señalados.

Al respecto, su Decreto Reglamentario (Decreto Nº 894/2016) establece que la Moratoria Previsional Ley Nº 26.970 vencerá el día 23/07/2019.-

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18.09.2016
de interés general
IMPERIOSA NECESIDAD DE SENSATEZ , SINCERAMIENTO Y RESPETO POR EL CONTRIBUYENTE

Es duro reconocerlo, pero los argentinos, hoy, nos sentimos como chapoteando en un lodazal. Y no exageramos. Basta encender la TV, la radio, o echarle un vistazo a los diarios, para comprobarlo. Y nos apartamos de esos medios con una especie de nausea, cansados de sufrir reiteradamente la exaltación morbosa de todo lo negativo que se encuentra en la vida pública argentina.
Esa absoluta superficialidad pudo advertirse, por ejemplo, en la reciente audiencia pública destinada a ventilar el tema de las tarifas de servicios de gas. Allí se ha visto cómo operan y cómo se comportan los verdaderos agentes del poder en Argentina. Cada uno ha hecho de su intervención una tribuna para difundir sus ideas acerca del tema, pero ninguno ha ido al fondo del asunto, a lo que realmente le interesa al hombre y la mujer comunes [...]

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